El decreto de necesidad y urgencia (DNU) firmado ayer por el presidente Alberto Fernández en donde declaro la emergencia sanitaria en el país  sostiene que, en razón de la defensa de la salud pública, todo aquel que violara la cuarentena podrá ser denunciado ante la Justicia por violación de los artículos 205 y 239 del Código penal que hablan de la preservación de la Salud pública.

Estos son los artículos:

El 205 establece: “Será reprimido con prisión de seis meses a dos años el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes para impedir la introducción o propagación de una epidemia”.

Y el 239 dice: “Será reprimido con prisión de quince días a un año el que resistiere o desobedeciere a un funcionario público en el ejercicio legítimo de sus funciones o a la persona que le prestare asistencia a requerimiento de aquel o en virtud de una obligación legal”.

El decreto también incluye el establecimiento de tres categorías para el control de los que lleguen. La primera es “el caso probado”, en el cual la persona evidencia los síntomas, se corrobora que está contagiado e inmediatamente queda en cuarenta. El segundo es “el caso probable” que incluye a aquellos que tengan indicios como fiebre o tos. Y el tercero es el “contacto cercano” para quienes, por ejemplo, hayan venido desde un avión de Italia.

Los principales lineamientos están basados en recomendaciones de la OMS. Será la cartera sanitaria la que irá determinando qué países se incluyen dentro de los críticos a medida que va pasando la crisis.

Y por otra parte, en el Código Penal vigente no hay una sola norma que establezca que la violación de la cuarentena es punible. Lo más cercano que hay en la legislación positiva es el artículo 202 del Código Penal: ”Será reprimido con reclusión o prisión de tres a quince años el que propagare una enfermedad peligrosa y contagiosa para las personas”.

La persona que cumple esa cuarentena de 14 días tiene la obligación de recluirse en soledad en su casa. No es voluntario, no es una recomendación: deberá hacerlo con las consecuencias que eso supone y si no lo cumple, estará incurriendo en un delito, que es poner en riesgo la salud pública”, aseguró el Presidente en declaraciones periodísticas.