Las sesiones virtuales en Diputados fueron validadas hoy por el juzgado Contencioso Administrativo Federal 1, rechazando así el amparo promovido por el interbloque de Juntos por el Cambio.

El juez Enrique Lavié Pico decidió validar hoy las sesiones virtuales en la Cámara de Diputados basándose en la convicción de que decidir sobre la pretensión articulada en autos importaría avanzar en torno a una cuestión privativa de otro poder del Estado”, según indica la resolución judicial que se dio a conocer esta mañana.

El interbloque opositor de Juntos por el Cambio judicializó la prórroga, que decidió que la Cámara en su sesión de principios de septiembre, luego de protestar en el recinto y prometer, a través de su presidente, Mario Negri, que se “impugnaría” la prórroga por todas las vías, incluida la judicial.

Cumplida la promesa en el fuero Contencioso Administrativo, el juez falló hoy señalando que “no corresponde al Poder Judicial intervenir y modificar la votación y decisión de cuestiones que son propias de los órganos correspondientes; en el caso, lo dispuesto por la Honorable Cámara de Diputados”.

“Lo que se trae a consideración de un Tribunal de Justicia es -como en el caso- la reedición de una cuestión que se ha debatido y resuelto en el seno del Poder Legislativo de la Nación por el juego de las mayorías y minorías respectivas, propio del sistema republicando y democrático”, apuntó el magistrado.

Lavié Pico destacó que la Corte Suprema ya sostuvo en abril pasado, al rechazar un planteo de la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner, que no correspondía que la Justicia se pronunciara sobre la validez de la modalidad remota porque el Senado tenía las facultades necesarias para decidir cómo sesionar.