El presidente Alberto Fernández derogó hoy el voto por correo para los argentinos residentes en el exterior, ya que advirtió que esa modalidad debe ser instituida por una ley del Congreso y no un decreto del Poder Ejecutivo

A través del Decreto 189/2021, publicado este martes en el Boletín Oficial, el presidente Alberto Fernández dio de baja el decreto  45/2019, que había rubricado Mauricio Macri y que establecía el sistema de voto por correo postal de los argentinos radicados en el extranjero.

Para justificar la medida, el mandatario indicó que “la emisión del sufragio a través del correo postal conllevó la creación de una nueva modalidad o sistema de votación que no se encontraba previsto en la legislación electoral aprobada por el Congreso”.

“Como consecuencia de ello, para llevar adelante el acto eleccionario con la incorporación del voto mediante correo postal, el entonces titular del Poder Ejecutivo Nacional determinó en forma unilateral y por vía reglamentaria, aspectos vinculados a la conformación de padrones de electores y electoras por correo postal, utilización de sobres electorales, procedimientos para la emisión del sufragio y posterior escrutinio, entre otras regulaciones introducidas a través del Decreto N° 45/19, sin la debida intervención del Congreso ni legislación alguna que habilite reglamentar esta modalidad de votación”, añadió.

Al derogar el decreto, Alberto Fernández restableció el sistema que estipula que los electores residentes en el exterior “pueden votar únicamente en la mesa receptora de votos en cuya lista figuren asentados y asentadas, debiendo el presidente o la presidenta de la mesa verificar si el elector o la electora a quien pertenece el documento cívico figura en el padrón electoral de la mesa”.

La constitucionalidad del decreto que había establecido el voto postal había sido impugnada “ante el fuero electoral y llegado el caso a instancias del Máximo Tribunal, el 3 de marzo de 2021, la Procuradora Fiscal ante la Corte Suprema de Justicia afirmó que la norma en cuestión implementa un sistema de votación que resulta incompatible con los criterios fijados por normas de jerarquía superior que regulan la materia electoral y atañen a la organización de nuestro sistema de gobierno, concluyendo que, una modalidad de voto no presencial debe ser establecida por el legislador”.

El decreto publicado lleva las firmas de Alberto Fernández; el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; y el ministro del Interior, Eduardo “Wado” de Pedro.

La medida dispuesta por el Gobierno perjudica a Juntos por el Cambio, ya que gran parte del electorado residente en el exterior se había inclinado por ese espacio en los últimos comicios.