La Legislatura porteña aprobó una ley que limita el acarreo de autos mal estacionados en el ámbito de la CABA. Cuáles son los casos en los que las grúas ya no podrán acarrear autos.

La Legislatura porteña eliminó ayer algunos de los motivos vigentes por los cuales las grúas acarrean los autos mal estacionados en la CABA. La normativa se voto con el propósito que limitar la remoción de vehículos y que solo sea en situaciones graves y de fuerza mayor, como la obstrucción del tránsito o la accesibilidad.

Puntualmente, ya no serán removidos los autos que estén en doble fila -mientras sea transitorio– , los vehículos pesados como ómnibus, microómnibus, camiones, casas rodantes, acoplados, semiacoplados y maquinaria especial que estén en la vía pública, y las unidades que estén estacionadas por más de 48 horas.

También quedarán fuera del acarreo los autos que estén sobre las entradas de locales de espectáculos públicos y frente de salas velatorias; y aquellos vehículos en zonas de estacionamiento medido cuyo lapso de tiempo que fue abonado esté vencido.

La propuesta votada obtuvo 52 votos positivos y dos abstenciones durante la sesión ordinaria del Parlamento porteño a instancias de un proyecto elaborado por el diputado de Republicanos Unidos Roberto García Moritán.

La propuesta apuntó a modificar el Código de Tránsito y Transporte para suprimir una serie de situaciones en las cuales los autos mal estacionados demandan el acarreo; no obstante la nueva reglamentación mantendrá el cobro de la multa por la respectiva infracción vial.

CABA: introducen cambios en sistema de acarreo de autos mal estacionados

“Lograr que el acarreo no se convierta en regla”, señaló Moritán y agregó que “las grúas solo tienen que actuar siempre que se infrinjan las normativas, o por causas de fuerza mayor. Queremos reducir la posibilidad de remolcar vehículos al mínimo e indispensable, solo en los casos en los que de verdad se altere el orden público“.

En la actualidad, el servicio de grúas para el acarreo está a cargo del Estado tras la suspensión, en agosto, del contrato con las empresas que explotaban el sistema y que permanecían operando de manera irregular con prórrogas desde hace más de 20 años y con un canon congelado de $ 55 mil.

La remoción de los vehículos hasta una playa de acarreo implica el pago de $6.525, en tanto que las multa económica por oscila de $5800 a $17500 según la gravedad de la infracción.