El organismo determinó que dicho producto no podrá ser elaborado, fraccionado ni comercializado por estar “falsamente rotulado”.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió hoy la producción y comercialización en todo el país de una marca de miel “falsamente rotulada”, lo que la convertía en un producto “ilegal”. La decisión fue oficializada a través de la Disposición 8668/2022, publicada este miércoles 2 de noviembre en el Boletín Oficial, con la firma del titular de la entidad, Manuel Limeres.

ANMAT prohibió en todo el país la producción y venta de una miel por considerarla

El producto restringido por la organización es la “miel pura, marca Abuelo Mario, Vto: 2025, RNE 05404026714, RNPA 13036835”. La investigación que derivó en su prohibición fue iniciada a partir de una notificación de la Dirección de Industrias y Productos Alimenticios (DIPA) del Ministerio de Desarrollo Agrario de la provincia de Buenos Aires.

Prohibida

Una vez realizada la alerta, la dirección de Zoonosis Urbana del Municipio de Lanús comprobó la comercialización del producto e intervino en tres unidades. Acto seguido, se corroboró la información en el Sistema de Control Federal de Gestión de Alimentos y se descubrió que “el RNE es inexistente y el RNPA se corresponde a otro producto de otro titular y se encuentra dado de baja desde el año 2014”.

De forma inmediata se procedió a la “prohibición en todo el territorio de la provincia de Buenos Aires, la tenencia, fraccionamiento, transporte, comercialización y exposición del producto miel pura, marca Abuelo Mario”. A su vez, se dictó la misma medida a nivel nacional “por carecer de registro de establecimiento y de producto” y por “estar falsamente rotulado al exhibir en el rótulo un número de RNE inexistente y de RNPA perteneciente a otro producto y dado de baja en el año 2014”.

ANMAT prohibió en todo el país la producción y venta de una miel por considerarla

Otra prohibición

En la provincia de Córdoba se realizó un allanamiento en el marco de una causa por posible contrabando y se encontraron una serie de máquinas destinadas a tratamientos estéticos y/o médicos que no contaban con registro de habilitación de firma. En la disposición 8682/2022, la Anmat informó que se trata de las firmas “PURITY, ETERNITY y MAXTRON”, las cuales no se encuentran habilitadas a nivel jurisdiccional para la fabricación, comercialización y/o distribución de productos médicos.

Por este motivo, se decidió prohibir el uso, la distribución y la comercialización en todo el territorio nacional de los productos para uso estético y para uso médico que declaren haber sido elaborados o que lleven la marca o identificación PURITY, ETERNITY y MAXTRON como, también prohibir la fabricación, importación y distribución de equipos de uso profesional para fines estéticos o médicos a la firma MAXTRON S.A. con domicilio en la calle Urien 1695, Córdoba, Argentina, hasta tanto obtengan las autorizaciones correspondientes.

“No es posible asegurar su calidad, seguridad y eficacia, lo que torna su uso en riesgoso para la salud de los potenciales usuarios quienes, desconociendo esta situación, podrían ser sometidos a tratamientos médicos y/o estéticos con dichos equipos en la creencia de que se trata de productos seguros”, argumentaron.