Diego Velasco avaló el fin de la intervención judicial a los bienes de Los Sauces.

Diego Velasco, fiscal federal, avaló el fin de la administración judicial de los bienes de Los Sauces tras un pedido realizado por la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner, principal imputada en la causa por lavado de dinero. Le alquilaba viviendas a los empresarios Cristóbal López y Lázaro Báez.

El fiscal, consideró que se deben mantener veedores judiciales que controlen los bienes de la titular del Senado. Ahora, será el Tribunal Oral Federal (TOF) número 5 el que resuelva si hace lugar a lo pedido por el abogado Carlos Beraldi, defensor de la ex presidenta.

Cristina busca avanzar con la restitución del control de los bienes y sociedades que están bajo la mira de la Justicia. Lo dictaminado por el fiscal sólo es respecto al tramo de la causa Los Sauces, no así en Hotesur, donde Cristina Kirchner también es investigada por lavado de dinero y que conjuntamente se aguarda la realización de un único juicio por ambas causas. 

En este segundo caso, el fiscal tuvo en cuenta que la empresa aún tiene problemas de pagos y cobro de deudas, sumado a que falta designar autoridades en el Directorio. La resolución queda ahora en manos de los jueces Daniel Obligado, Adrián Grünberg y Adriana Palliotti. Ambas causas tiene como principales imputados a la vicepresidenta.

No solo Cristina, sino también sus hijos, Máximo y Florencia Kirchner; y los empresarios Lázaro Báez y Cristóbal López, entre otros, están implicados en la causa. Aún no hay fecha de juicio por parte del Tribunal de las causas que ya están radicadas allí desde principios de 2019.

En los dictámenes, que no son vinculantes, el fiscal avaló el cese de la intervención judicial sobre “Los Sauces” y “Condominio Máximo Kirchner y Florencia Kirchner”, que tiene un total de 17 inmuebles en la Ciudad de Buenos Aires y Santa Cruz, pero que continúe en “Hotesur”, firma dueña del hotel “Alto Calafate”.

Valoró que “es conveniente el cese de la intervención judicial”, aunque con la intervención de dos veedores de la Auditoría General de la Nación para que “mantengan informado al Tribunal sobre el devenir de las personas jurídicas en cuestión y de los bienes del condominio, con prohibición de enajenación de bienes, activos no corrientes o repartición de dividendos”. Más allá de dar por terminada la intervención, los bienes deben seguir inhibidos.