El DNU que oficializa la nueva cuarentena contempla el acompañamiento a pacientes críticos de Covid-19.

Desde hace aproximadamente semana y media, se venía adelantando la implementación de un protocolo que permita acompañar a seres queridos durante sus últimos días de internación, sea cual sea su padecimiento.

Este lunes, en el Decreto 714/2020  que oficializa la extensión de la cuarentena desde el 31 de agosto hasta el día 20 de septiembre inclusive, se incluyó un artículo que contempla el acompañamiento a pacientes en estado crítico.

Desde hoy, los pacientes críticos de coronavirus podrán ser acompañados

En el artículo n°27 del decreto publicado este lunes se habilita, por lo tanto, a acompañar “durante la internación, en sus últimos días de vida” a pacientes con cualquier tipo de enfermedad, sea Covid-19 o no.

Para llevar adelante esta autorización, el DNU establece que “las normas provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberán prever la aplicación de un estricto protocolo de acompañamiento de pacientes que resguarde la salud del o de la acompañante”.

Pacientes críticos

Además, indica que este protocolo deberá cumplir con las “recomendaciones e instrucciones del Ministerio de Salud de la Nación y de la autoridad sanitaria provincial o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. En todos los casos deberá requerirse el consentimiento previo, libre e informado por parte del o de la acompañante”.

Según el artículo del decreto, será potestad de gobernadores, gobernadoras de provincia y del Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dictar las correspondientes reglamentaciones.

Pacientes críticos

La semana pasada, el Ministerio de Salud había emitido un documento con recomendaciones para “garantizar aspectos que permitan a los pacientes afrontar el proceso final de su vida con dignidad y permitir a familiares/allegados la posibilidad de despedida presencial”.

Para esto, la familia debe designar a una persona -preferentemente de entre 18 y 60 años y buenas condiciones de salud- para que pueda ingresar a ver al paciente con las medidas de protección y firmando un consentimiento. El documento también permite designar un acompañante en casos excepcionales, como niños o personas con discapacidad, aunque no estén en el final de su vida.