Si bien el voto es “obligatorio” según la Constitución Nacional, la pandemia obligó a un cambio de reglas. Las nuevas excepciones a raíz del Covid-19 y las multas por no ir a votar.

Las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) y el contexto de pandemia obligaron a establecer nuevos protocolos a la hora de votar y nuevas excepciones contempladas para justificar la ausencia del voto.

Si bien el voto es “obligatorio” según la Constitución Nacional, hay situaciones en las que se puede justificar la falta del sufragio. Las dos más tradicionales son que por motivos de fuerza mayor se esté lejos del lugar donde se debía emitir el voto según el padrón electoral y por enfermedad.

Ambas necesitan de un certificado que lo acredite y sea presentado antes de los 60 días pasados la elección. Puede ser la denuncia en la comisaría más cercana para probar que se estaba a más de 500 kilómetros o puede ser un certificado médico. Sin embargo, el coronavirus ahora también es un nuevo motivo por el cual se puede faltar sin pagar una multa.

Pero en el contexto de pandemia por coronavirus la Cámara Nacional Electoral ahora exceptuó de votar a quienes tengan Covid-19, los que sean caso sospechoso, los que sean contacto estrecho de un caso positivo y a las personas que por ser grupo de riesgo tengan indicación médica de no ir a votar. Siempre se deberá acompañar un certificado que lo acredite.

Asimismo, también podrán omitir el voto quienes hayan recibido la noticia de un contacto estrecho o presenten un síntoma en el momento en el que están en el lugar donde debían votar. No obstante, vale aclarar que si desean votar igual, pueden hacerlo sin impedimentos, con el compromiso de que las autoridades garanticen condiciones sanitarias según los protocolos.

Por otro lado, quienes se encuentren trabajando, tienen el derecho de pedirle a sus empleadores un permiso para ir a emitir su voto y sin descuentos sobre su salario por ello. También pueden elegir si votar o no quienes tengan 16 o 17 años y los mayores de 70.

Quienes no puedan acreditar la ausencia por motivos razonables o de salud, deberán pagar una multa de $50 por las PASO del 12 de septiembre y de $100 por las elecciones generales del 14 de noviembre. De no pagarlas, serán infractores que no podrán ejercer un cargo público ni obtener un pasaporte por un año, entre otros trámites.

Protocolo Sanitario por Covid-19

El contexto de la pandemia también estableció una serie de protocolos que dispuso la Cámara Nacional Electoral. En primer lugar deberá haber una distancia social de 2 metros entre los votantes y tendrán que tener barbijo y utilizar alcohol en gel. Además si bien el horario para votar seguirá siendo de 8 a 18 como siempre, entre las 10:30 y las 12:30 habrá un período de prioridad para las personas de riesgo. Para eso, deberán certificar esa condición.

Habrá muchos más establecimientos donde votar, para evitar la acumulación de personas, por lo que se recomienda chequear donde votar en el padrón.

Además, el votante no deberá darle el DNI a la autoridad de mesa sino que simplemente mostrárselo sin que lo toque, para corroborar los datos. Y el sobre no podrá ser cerrado con saliva, sino que se deberá poner la solapa en su interior.

También se recomendará no ir acompañados salvo una necesidad de fuerza mayor y que cada votante se lleve su propia lapicera para firmar. Sino, las autoridades le darán una que previamente estará higienizada.

Por último, habrá un lugar de entrada y otro de salida, para evitar el cruce de personas, siempre y cuando los establecimientos lo permitan.