Alberto Fernández extendió las restricciones vigentes hasta el 21 de mayo: las clases presenciales seguirán suspendidas en el AMBA

Alberto Fernández sorprendió esta mañana con las nuevas medidas para contener la segunda ola de coronavirus en un mensaje televisivo que grabó en la Quinta de Olivos. Se esperaba más tarde su mensaje, por ello lo que llamó la atención no fue el contenido de su discurso, sino el horario del mismo, luego de una nueva ronda de consultas con gobernadores y funcionarios que finalmente no se concretó. El Presidente declaró: “hemos contenido el crecimiento exponencial de casos de coronavirus en el AMBA

Fernández advirtió que “la situación no está resuelta”. Las clases presenciales continuarán suspendidas. No se podrá circular entre las 20 y las 6. Además, se dividirá el país en cuatro zonas de acuerdo al riesgo epidemiológico. Según informó, a partir del nuevo decreto de necesidad y urgencia que comenzará a regir mañana, el país quedará dividido en cuatro zonas en virtud del riesgo epidemiológico y sanitario: bajo, medio, alto y alarmaEstará vigente durante tres semanas, hasta el 21 de mayo.

Fernández también aclaró que “necesitamos una reducción de casos más marcada y sostenida. Por los contagios que ya tuvimos y por los que hay actualmente, las próximas semanas pueden llegar a ser muy duras en la ocupación de camas de terapia”.

“Debemos bajar el nivel de contagio para disminuir la tensión del sistema sanitario. Debemos ser solidarios con cada uno de los trabajadores y trabajadoras de la salud para aliviarlos frente al enorme esfuerzo que hacen cada día”, agregó.

Fernández cuadro demostrativo

Vigencia: Desde el 1° de Mayo al 21 de Mayo, inclusive.

Según 3 factores (RAZON -aumento de casos en últimos 14 días-; INCIDENCIA -cantidad de casos sobre población- y OCUPACION CAMAS DE UTI) los lugares del país se clasifican en 4 CATEGORÍAS:

  1. SITUACION DE BAJO RIESGO
  2. RIESGO MEDIO
  3. ALTO RIESGO EPIDEMIOLÓGICO Y SANITARIO
  4. ALARMA EPIDEMIOLÓGICA Y SANITARIA.

MEDIDAS GENERALES TODO EL PAIS:

❌ VIAJES GRUPALES: Se suspenden los viajes grupales de egresados y egresadas, de estudio y de grupos turísticos.
❌ REUNIONES SOCIALES: Se suspenden las reuniones sociales de más de 10 personas.
😷 PERSONAS DE RIESGO: Suspensión de asistencia al trabajo para personas de riesgo.

➡️ MEDIDAS PARA ZONAS DE ALERTA EPIDEMIOLÓGICA Y SANITARIA

❌ACTIVIDADES SUSPENDIDAS:


❌ Centros comerciales y shoppings.
❌ Las actividades deportivas, recreativas, sociales, culturales y religiosas en lugares cerrados.
❌ Locales comerciales entre las 19 horas y las 6 horas del día siguiente, con excepción de los esenciales con horario nocturno.
📌 Restricción en ámbito educativo. Se suspenden las clases presenciales y las actividades educativas no escolares presenciales en los todos los niveles. 💻
❌ DEPORTES: Se prohíben los deportes grupales.
❌Casinos, bingos, discotecas, y salones de fiesta.


⏰ HORARIO DE CIERRE GASTRONOMIA: entre las 19 horas y las 6 horas del día siguiente. Luego de las 19 podrán continuar bajo las modalidades delivery. En los horarios autorizados de funcionamiento, sólo podrán atender a sus clientes en espacios habilitados al aire libre.
❌ PROHIBICION DE CIRCULACION: Se prohíbe la circulación entre las 20.00 y las 06.00 de la mañana de cada día. (Según las jurisdicciones, las autoridades podrán solo ampliar estos horarios en función de las especificidades de cada lugar).
❌ TRANSPORTE PÚBLICO: solo para trabajadores esenciales y autorizados.

➡️ MEDIDAS PARA ZONAS DE ALTO RIESGO SANITARIO Y EPIDEMIOLOGICO (zonas con más de 40.000 habitantes). Indicadores: a) RAZON: MAYOR A 1.20 e b) INCIDENCIA: MAYOR A 150 c/ 100.000 HABITANTES.

❌ REUNIONES SOCIALES: Se suspenden actividades sociales en domicilios particulares, salvo para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados. Se suspenden reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de más de 10 personas.
❌ DEPORTES: La práctica recreativa de cualquier deporte en lugares cerrados donde participen más de 10 personas.
❌Casinos, bingos, discotecas, y salones de fiesta.
⏰ HORARIO DE CIERRE GASTRONOMÍA: Se establece el cierre de los bares y restaurantes a partir de las 23hs.


❌ PROHIBICIÓN DE CIRCULACIÓN: Se prohíbe la circulación entre las 00.00 y las 06.00 de la mañana de cada día. (Según las jurisdicciones, las autoridades podrán solo ampliar estos horarios en función de las especificidades de cada lugar).
📌 AFORO: Se establece un aforo de 30% para eventos culturales, sociales, recreativos y religiosos, cines, teatros, clubes, centros culturales y afines; locales gastronómicos; gimnasios.
👉🏻 DISPOSICIONES LOCALES Y FOCALIZADAS DE CONTENCIÓN: para limitar la circulación por horarios, por zonas o determinadas actividades, teniendo en cuenta el estatus sanitario. Estas medidas podrán adoptarse también en los lugares de alto riesgo o riesgo medio y respecto de partidos y departamentos de menos de 40.000 habitantes.

➡️ MEDIDAS PARA ZONAS DE RIESGO SANITARIO Y EPIDEMIOLÓGICO MEDIO (zonas con más de 40.000 habitantes) Indicadores: a) RAZÓN: 0.8 a 1.2 e b) INCIDENCIA: entre 50 a 150 casos c/ 100.000 HABITANTES:
Es facultad y responsabilidad de gobernadores/as adoptar en forma temprana medidas que disminuyan la circulación para prevenir los contagios.