El Gobierno autorizó la resolución del Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM). Fue publicada este miércoles en el Boletín Oficial.

El Gobierno Nacional autorizó un incremento de 5% para los servicios de internet, televisión por cable y telefonía fija, que será retroactivo al mes de julio, a través de la Resolución 862/2021, publicada este miércoles en el Boletín Oficial.

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El Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) es quien establece a través de la Resolución 862/2021 que “las licenciatarias de Servicios de Telefonía Fija (STF), podrán aplicar un aumento, retroactivo al 1° de julio de 2021 y de hasta un 5%, en el valor de los precios minoristas de cualquiera de sus planes en las modalidades pospagas y mixtas”.

Además, la misma resolución estableció los valores máximos, con impuestos incluidos, de:

  • La carga de 50MB de datos móviles por día en $25
  • El precio del segundo de voz en $0,38
  • El valor máximo del precio del SMS en $5 para servicios móviles en la modalidad “prepaga pura”. 

Por otro lado, los licenciatarios de servicios de acceso a internet (SVA-I), de servicios de telefonía fija, de radiodifusión por suscripción mediante vínculo físico y radioeléctrico y los licenciatarios de servicios de comunicación audiovisual de radiodifusión por suscripción mediante vínculo satelitalpodrán aumentar sus precios minoritas también hasta un 5% de forma retroactiva al primero de julio.

Finalmente, se dispone que “cualquier incremento sobre los precios minoristas que supere los valores expresados en esta medida y las resoluciones previas que hacen a la norma, obligará a las empresas a reintegrar a sus usuarios este valor extra en su próxima factura, con actualización e intereses sujetos a la misma tasa de interés que aplican a sus clientes por mora en el pago de facturas”, según el ente dirigido por Claudio Ambrosini.

Los antecedentes de esta resolución surgen a raíz del congelamiento que el Gobierno estableció sobre los precios de los servicios de telecomunicaciones el año pasado, además de la prohibición hasta fines del 2020 del corte de estos por falta de pago. En 2021 se permitió un aumento de hasta un 5% en enero y otro de hasta un 7% en febrero para las empresas con menos de cien mil accesos en total. A fines del mismo mes, se permitió a las compañías de telefonía celular aumentar un 7,5% y, luego, otro 2,5% en marzo.

Por otro lado, las compañías de TV por cable, internet y telefonía fija pudieron aumentar entre un 5% y un 7,5% a partir de marzo de este año con la condición de que devolvieran los aumentos realizados de forma indebida a principios de año. Se explicó que las prestadoras que hubieren facturado incrementos superiores a los autorizados hasta el momento, no podrán proceder a computar los plazos legales para suspensión y/o corte del servicio ante la falta de pago, sino sólo a partir de la nueva factura emitida o ajustada conforme las disposiciones vigentes.