
Desde el Ministerio que dirige Carla Vizzotti, argumentaron que la decisión tomada está basada en los Principios de Yogyakarta, vinculados con una amplia gama de normas de Derechos Humanos y sobre la aplicación de la legislación internacional en relación a la orientación sexual y la identidad de género de la Organización de las Naciones Unidas.
“Establece que los Estados adoptarán todas las medidas apropiadas para eliminar los estereotipos y prejuicios referidos a la orientación sexual y la identidad de género que impidan o restrinjan la participación en la vida pública”, detalla la norma divulgada por la ONU en 2007.
En el documento recientemente firmado, también se cita lo expuesto por la Ley N°26.485 (Protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres), que tiene por objeto “promover y garantizar la eliminación de la discriminación entre varones y mujeres en todos los órdenes de la vida”.
Por su parte, en el artículo 7° de la legislación se añade que “los tres poderes del Estado, sean del ámbito nacional o provincial, adoptarán las medidas necesarias y ratificarán en cada una de sus actuaciones el respeto irrestricto del derecho constitucional a la igualdad entre mujeres y varones”.
En el decreto, concluye afirmando que “modificar las formas de comunicación y dinámicas institucionales es también una manera de acompañar las transformaciones de los patrones socioculturales, fomentando valores democráticos e inclusivos”. “Es mucho más que una E”, sentenció Vizzoti en conferencia de prensa.