Un fallo del Juzgado Contencioso Administrativo N°1 de Trenque Lauquen, a cargo de Pablo Cristian Germain, podría reconfigurar el debate por la tasa de caminos rurales —tasa vial— que se cobra en los municipios bonaerenses.
A partir de una demanda de dos productores y dos empresas agropecuarias en el municipio de Daireaux, el magistrado avaló su legalidad, pero condicionó su cobro a la existencia real del servicio y al destino específico de los recursos, es decir, a una contraprestación efectiva.
La causa se originó tras el fracaso de las negociaciones directas entre los productores y el municipio, entonces a cargo del intendente Alejandro Acerbo (Fuerza Patria), hoy de licencia por su desempeño como legislador provincial, en medio del deterioro de los caminos rurales durante el período 2022-2024.
En la demanda, los productores denunciaron el mal estado de los caminos, fuertes subas en los tributos y presuntos desvíos en la utilización de los fondos. Sin embargo, el planteo —según subraya la defensa— no apuntó a dejar de pagar, sino a contar con caminos en condiciones.
“Queremos caminos, no no pagar”, sintetizó el abogado de los demandantes, Jorge Moroni, en diálogo con Newsdigitales, quien insistió en que el eje del reclamo es la contraprestación y no la eliminación del tributo.
Moroni es procesalista del estudio jurídico “Merbilhaa”, fundado por el recordado dirigente rural y extitular de CARBAP Juan Pedro Merbilhaa, histórico referente en los reclamos por caminos rurales y coautor de la ley de coparticipación provincial que prevé fondos específicos para esa infraestructura.
Uno de los puntos centrales del fallo es el destino de los recursos recaudados. A partir de una pericia contable, el juez detectó que parte de los fondos de la tasa vial no fueron aplicados al mantenimiento de la red rural, sino a otros gastos del municipio.
Sobre este aspecto, Moroni fue categórico: “Lo que ingresa al municipio como tasa vial tiene que ir a tasa vial. En este caso encontró que el municipio desvía fondos de la tasa para atender otras cosas que seguramente tienen mucha urgencia también, pero si la tasa se recauda para caminos es para los caminos” indicó.
En la misma línea, agregó: “Si se detecta un desvío de fondos de lo que paga el productor a otras actividades no se lo podés cobrar, porque para eso tenés otros ingresos” adujo.
Moroni planteó que el problema no es la existencia de la tasa en sí, sino su aplicación sin una prestación efectiva. “Al fisco ya se le paga un impuesto por tener tierras, que es el Inmobiliario. Pero eso no le da derecho a los municipios a cobrar otra tasa sin brindar un servicio específico”, explicó.
En ese sentido, remarcó que los productores necesitan condiciones mínimas para trabajar: “Tienen que poder sacar la producción sin quedarse encajados con los camiones” expresó.
Para la defensa, la sentencia va “al nudo jurídico” del problema y establece criterios que podrían impactar en otros casos. Entre los puntos centrales, destacan:
“Si no hay caminos, no hay tasa. Y el municipio tiene que demostrar que cumplió”, resumió Moroni.
Uno de los elementos determinantes del fallo fue la pericia técnica incorporada al expediente. Un ingeniero relevó en terreno los caminos vinculados a los productores demandantes y concluyó que el 96% se encontraba en estado regular o malo.
En algunos casos, el deterioro era tal que ni siquiera pudo acceder al lugar: “Hay campos a los que el perito no pudo llegar. Ahí no se puede cobrar ninguna tasa”, sostuvo el abogado, en referencia a uno de los planteos donde la justicia decidió la nulidad total del tributo.
Campos en localidades de Daireaux En los casos en los que los caminos fueron calificados como “regulares”, el magistrado entendió que existió algún nivel mínimo de prestación. Sin embargo, la defensa cuestiona ese criterio: “Que un camino sea calificado como regular no lo convierte en apto para sacar la producción; quiere decir que, a los efectos por los que se cobra la tasa, no sirve, y por eso estamos preparando la apelación”, afirmó Moroni.
En lugar de anular el tributo, el juez optó por una solución intermedia y ordenó reducir su monto en el porcentaje detectado como desviado.
“Si el camino no es apto para producir, no sirve para justificar la tasa”, insistió el abogado.
En paralelo, la Municipalidad de Daireaux dio a conocer un comunicado a fin de “llevar tranquilidad” e informar a la comunidad. Indicaron que el fallo no se encuentra firme y que será recurrido ante instancias superiores.
Además cuestionaron la “interpretación pública” realizada por algunos medios a la que tildaron de “parcial e incompleta”, en referencia a la supuesta obligación del distrito de devolverle plata a los demandantes.
“La propia sentencia reconoce aspectos centrales de la posición municipal, rechazando la pretensión en gran parte de los casos y validando, en lo sustancial, la prestación del servicio vial” observaron.
Además hablaron de un “grupo reducido de contribuyentes” que “en su mayoría no residentes en Daireaux” dijeron y aseguraron que la gestión local presta el servicio “de manera regular, razonable y sostenida”.
Más allá del planteo distrital, el caso establece un fuerte antecedente al basarse en una pericia profesional en terreno y que introduce un criterio que podría proyectarse sobre otros distritos: la validez de la tasa ya no se discute solo en términos formales, sino en función de lo que efectivamente sucede en los caminos rurales y en el destino de cada peso recaudado.