13/06/2026 - Edición Nº1222

Economía

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Un año sin cepo: el mensaje de Milei y las restricciones que siguen vigentes

14/04/2026 | El Presidente defendió el nuevo esquema cambiario y la acumulación de reservas, pero aún persisten límites en el acceso al dólar.



A un año del cambio en el régimen cambiario, el presidente Javier Milei volvió a defender la salida del cepo y reivindicó el rumbo económico del Gobierno.

El 14 de abril de 2025, el ministro de Economía, Luis Caputo, junto al titular del Banco Central, Santiago Bausili, anunciaron un nuevo esquema acordado con el Fondo Monetario Internacional.

Se trató de un sistema de bandas cambiarias que reemplazó el cepo más restrictivo y permitió que el dólar flotara dentro de un rango, con un techo y un piso que se ajustan por inflación.

El mensaje de Milei

En ese marco, Milei recordó la medida como el fin de “una de las peores herramientas de control, saqueo y empobrecimiento”.

También destacó la convicción con la que avanzó el Gobierno, al asegurar que el programa económico era sólido y no iba a derivar en una crisis cambiaria.

“¿Qué pasó después del 14 de abril de 2025? A pesar de la campaña de miedo de los periodistas ensobrados y los profetas del caos de siempre, el dólar no se disparó”, sostuvo.

El Presidente también puso el foco en la acumulación de reservas del Banco Central y cerró con una definición política: “La salida del cepo no fue una medida técnica, fue una declaración de principios”.

Qué restricciones siguen vigentes

Más allá del discurso oficial, el mercado cambiario argentino todavía no funciona con plena libertad.

Si bien el esquema actual es más flexible que el anterior, persisten varias restricciones que marcan diferencias importantes respecto a un mercado totalmente libre como el de 2017.

Algunos ejemplos concretos:

  • Empresas: no pueden acceder libremente al dólar para todo tipo de pagos. Las importaciones tienen condiciones y plazos, y el acceso al mercado oficial sigue regulado.
  • Deudas con el exterior: las compañías no pueden cancelar libremente deudas previas, ya que deben canalizar parte de esos pagos a través de instrumentos como el BOPREAL.
  • Personas jurídicas: directamente tienen prohibido comprar dólares para atesoramiento.
  • Personas humanas: si bien pueden comprar, deben firmar declaraciones juradas que limitan operar en simultáneo con el dólar financiero (MEP o CCL).
  • Giro de utilidades: las empresas aún enfrentan restricciones para enviar dividendos al exterior, especialmente por ganancias acumuladas de años anteriores.

Estas limitaciones conviven con otras regulaciones del Banco Central que siguen ordenando el acceso al mercado de cambios.

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