01/06/2026 - Edición Nº1210

Política

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Deudas congeladas por 180 días: a quiénes alcanzaría el proyecto de Bordet

18/04/2026 | La iniciativa es del exgobernador de Entre Ríos. Busca declarar la emergencia financiera. El problema del sobreendeudamiento en muchos hogares.



El diputado nacional y exgobernador de Entre Ríos, Gustavo Bordet, presentó un proyecto de ley que busca declarar la emergencia financiera en Argentina y suspender por 180 días las ejecuciones de deudas contra personas físicas, en un intento por contener el impacto del sobreendeudamiento en los hogares.

La iniciativa se enmarca en un contexto de caída del ingreso real, encarecimiento del crédito y aumento de la litigiosidad por deudas, factores que —según advierte el propio texto— afectan tanto a las familias como al funcionamiento del sistema económico.

¿Qué implica la medida?

Durante un plazo inicial de 180 días:

  • Se suspende el inicio de nuevos juicios de ejecución
  • Se paralizan los procesos en curso
  • Se impide el dictado de sentencias de remate
  • Se frenan medidas cautelares como embargos o inhibiciones

La medida abarca deudas de distinto tipo: bancarias, comerciales, fiscales y crediticias, tanto en instancia judicial como extrajudicial o administrativa.

El objetivo central es “preservar la continuidad económica, el empleo y la estabilidad social” en un contexto de crisis.

A quiénes alcanza el beneficio

El proyecto delimita con precisión el universo alcanzado:

  • Personas físicas con ingresos de hasta 10 salarios mínimos
  • Monotributistas hasta categoría G

Esto implica que la iniciativa apunta principalmente a sectores medios y trabajadores independientes, que concentran buena parte del endeudamiento de consumo.

Qué deudas quedan excluidas

No todas las obligaciones entran en la suspensión. El texto establece excepciones relevantes:

  • Deudas alimentarias
  • Obligaciones laborales
  • Indemnizaciones por daños personales
  • Casos de fraude o insolvencia deliberada

De esta manera, se busca equilibrar la protección a los deudores con derechos considerados prioritarios.

Gustavo Bordet, diputado y exgobernador de Entre Ríos

Efectos durante la suspensión

El proyecto también regula qué ocurre mientras dure la emergencia:

  • No se aplicarán intereses punitorios
  • Se suspende el curso de la prescripción
  • Se mantienen las garantías, pero sin posibilidad de ejecución

Esto significa que las deudas no desaparecen, pero se “congelan” temporalmente para evitar un agravamiento de la situación patrimonial de los deudores.

Posible prórroga y alcance nacional

La iniciativa habilita al Poder Ejecutivo a extender la suspensión por otros 180 días en caso de persistir las condiciones económicas que justifican la medida.

Además, establece que la ley sería de orden público y de aplicación obligatoria en todo el país, lo que impediría que jurisdicciones locales la limiten.

En los fundamentos, Bordet describe un escenario de fragilidad estructural en los hogares argentinos: “El endeudamiento se ha convertido en un mecanismo para sostener niveles básicos de consumo”.

El proyecto sostiene que existe un “sobreendeudamiento estructural”, donde una parte significativa del ingreso familiar está comprometida al pago de obligaciones, reduciendo la capacidad de consumo y aumentando la vulnerabilidad económica.

Según el proyecto, la proliferación de embargos y remates deteriora las condiciones de vida de los deudores, reduce el consumo, debilita el mercado interno y profundiza la recesión.

En ese sentido, se advierte que la judicialización masiva de deudas “no constituye una solución eficiente ni equitativa”, sino que agrava la exclusión económica.

“No se trata de desconocer los derechos de los acreedores, sino de establecer un marco temporal de protección”, argumenta el texto, que apela al principio de razonabilidad para justificar la intervención estatal.

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