Un fallo judicial abrió un nuevo frente de discusión en el sistema de riesgos del trabajo al declarar la inconstitucionalidad de la aplicación retroactiva del Decreto 549/2025. La decisión fue dictada en el marco de la causa “Asencio, Jorge Guillermo c/ Experta ART S.A.” por el Juzgado Laboral N° 2 de Comodoro Rivadavia.
El eje del pronunciamiento se centra en el rechazo a la aplicación del nuevo baremo de incapacidades a contingencias ocurridas con anterioridad a la entrada en vigencia de la norma. Según el criterio del tribunal, esa retroactividad colisiona con el principio establecido en el artículo 7 del Código Civil y Comercial, que impide afectar derechos consolidados bajo el régimen anterior.
La jueza valoró que el dereho a percibir reparación nace en el momento del siniestro, por tanto, aplica la ley vigente en ese momento.La irretroactividad de la ley protege al trabajador si se ven afectadas garantías constitucionales. En este caso -como en otros anteriores- la aplicación del nuevo baremo atenta contra el principio protectorio, el derecho a la salud y el derecho a una reparación justa, protegidos por los artículos 14 bis, 17 y 19 de la Constitución Nacional.
Decreto 549/2025 - PODER EJECUTIVO
— BOA | Resumen del Boletín Oficial de Argentina (@BOAresumenes) August 6, 2025
Resumen: El Decreto 549/2025, emitido por el Poder Ejecutivo Nacional de Argentina, modifica el Anexo I del Decreto Nº 659/1996, actualizando la "Tabla de Evaluación de Incapacidades Laborales". Esta norma busca mejorar la precisión y agilidad…
En su análisis, la magistrada entendió que la modificación de los parámetros de evaluación no constituye un cambio meramente técnico, sino que impacta directamente en la cuantía de las prestaciones y en las decisiones adoptadas por los trabajadores dentro del sistema, lo que le otorga relevancia constitucional.
El fallo se inscribe en el marco de una corriente doctrinaria que limita la aplicación retroactiva de normas cuando se ven comprometidos derechos de contenido patrimonial. La resolución corresponde a una instancia inicial, pero el criterio adoptado introduce un cuestionamiento relevante sobre el alcance del decreto 549/25 y podría anticipar planteos judiciales con consonancia, en otros puntos del país.
El Decreto 549/2025 introdujo cambios en el sistema de riesgos del trabajo al actualizar el llamado “baremo”, que no es otra cosa que la tabla que se usa para medir cuánto daño le quedó a un trabajador después de un accidente o enfermedad laboral y, en base a eso, calcular la indemnización.

En términos simples: el baremo traduce lesiones en porcentajes, y esos porcentajes en plata. El problema es que la nueva tabla redefine cómo se miden esas incapacidades —en muchos casos reduciendo los porcentajes— y el decreto intentó que ese criterio se aplique incluso a hechos ocurridos antes de su vigencia. Ahí estalló el conflicto: porque no es lo mismo cambiar reglas hacia adelante que recalcular para atrás lo que alguien ya tenía derecho a cobrar.