El proyecto de reforma política enviado por el gobierno de Javier Milei al Senado incorpora un cambio central en las reglas electorales: la inclusión de la figura de “Ficha Limpia”, que ampliaría los casos en los que una persona queda inhabilitada para postularse a cargos nacionales.
La modificación apunta al artículo 33 de la Ley Orgánica de los Partidos Políticos (N° 23.298) y redefine quiénes no podrán ser candidatos, introduciendo un nuevo criterio vinculado a condenas judiciales por delitos dolosos.
En la normativa vigente, las limitaciones para ser candidato están centradas en situaciones específicas:
Es decir, actualmente no existe una prohibición general para personas condenadas por otros delitos, más allá de los vinculados a graves violaciones de derechos humanos.
La iniciativa del Ejecutivo introduce un nuevo inciso que amplía las causales de inelegibilidad. En concreto, establece que no podrán ser candidatos “las personas condenadas por un delito doloso”.
Sin embargo, la redacción incorpora condiciones específicas que delimitan su aplicación:
De esta manera, el proyecto introduce un criterio más amplio que el vigente, ya que abarca delitos comunes y no solo los de lesa humanidad.
Cabe recordar que un proyecto de Ficha Limpia también se había tratado el año pasado, pero naufragó en la recta final generando reproches cruzados entre La Libertad Avanza y el PRO, uno de los partidos que históricamente empujó esta iniciativa.
La reforma electoral, tantas veces postergada, será finalmente tratada en el Congreso de la Nación Argentina.
— Manuel Adorni (@madorni) April 21, 2026
Fin.
Uno de los puntos más técnicos del proyecto es la relación entre las condenas y el calendario electoral.
Se establece que:
Además, la inelegibilidad regirá desde la fecha de la sentencia hasta su eventual revocación o cumplimiento de la pena.
PRESENTÉ PROYECTO FICHA LIMPIA
— Karina Banfi 💚 (@KBanfi) April 17, 2026
Desde el 2016 acompañé el proyecto de @FichaLimpia iniciativa de @slospennato . Durante 10 años promovimos, debatimos, peleamos y llevamos al Recinto en varias oportunidades este proyecto para que sea ley.
En este nuevo periodo parlamentario,… pic.twitter.com/KCRM6T9KBa
El proyecto también crea un nuevo artículo (33 bis) que regula la implementación de la “Ficha Limpia”.
Entre los puntos principales se destacan:
Un aspecto clave es que los recursos judiciales no suspenderán la inhabilitación: “La interposición de recursos no suspenderá en ningún caso la vigencia” de la medida.
El proyecto refuerza además los controles sobre las candidaturas. Por un lado, establece que los jueces electorales deberán verificar de oficio que los postulantes no figuren en el registro.
Por otro, ratifica que los partidos políticos no podrán oficializar candidatos que estén alcanzados por estas prohibiciones.
La incorporación de la “Ficha Limpia” abre un debate que ya tiene antecedentes en el Congreso. Sus defensores sostienen que fortalece la transparencia y la calidad institucional, al impedir que personas condenadas accedan a cargos públicos.
Sus críticos, en cambio, advierten sobre posibles tensiones con el principio de inocencia y el uso político de la justicia, especialmente en un contexto donde las condenas no necesariamente están firmes.