22/04/2026 - Edición Nº1170

Política

Senado

Milei y la nueva Ficha Limpia: quiénes no podrían ser candidatos en 2027

22/04/2026 | La modificación apunta al artículo 33 de la Ley Orgánica de los Partidos Políticos. Introduce un criterio vinculado a condenas judiciales por delitos dolosos.



El proyecto de reforma política enviado por el gobierno de Javier Milei al Senado incorpora un cambio central en las reglas electorales: la inclusión de la figura deFicha Limpia, que ampliaría los casos en los que una persona queda inhabilitada para postularse a cargos nacionales.

La modificación apunta al artículo 33 de la Ley Orgánica de los Partidos Políticos (N° 23.298) y redefine quiénes no podrán ser candidatos, introduciendo un nuevo criterio vinculado a condenas judiciales por delitos dolosos.

Qué dice la ley actual: restricciones acotadas

En la normativa vigente, las limitaciones para ser candidato están centradas en situaciones específicas:

  • Personas excluidas del padrón electoral
  • Integrantes de fuerzas armadas o de seguridad en actividad
  • Magistrados y funcionarios judiciales
  • Directivos de empresas concesionarias de servicios públicos
  • Personas procesadas o condenadas por delitos de lesa humanidad

Es decir, actualmente no existe una prohibición general para personas condenadas por otros delitos, más allá de los vinculados a graves violaciones de derechos humanos.

El cambio propuesto: incorporación de la “Ficha Limpia”

La iniciativa del Ejecutivo introduce un nuevo inciso que amplía las causales de inelegibilidad. En concreto, establece que no podrán ser candidatos “las personas condenadas por un delito doloso”.

Sin embargo, la redacción incorpora condiciones específicas que delimitan su aplicación:

  • La condena debe haber sido confirmada en segunda instancia
  • Debe haberse dictado antes del 31 de diciembre del año previo a la elección
  • Basta con que se confirme al menos uno de los delitos de la sentencia original

De esta manera, el proyecto introduce un criterio más amplio que el vigente, ya que abarca delitos comunes y no solo los de lesa humanidad.

Cabe recordar que un proyecto de Ficha Limpia también se había tratado el año pasado, pero naufragó en la recta final generando reproches cruzados entre La Libertad Avanza y el PRO, uno de los partidos que históricamente empujó esta iniciativa.  

Cómo impacta el calendario electoral

Uno de los puntos más técnicos del proyecto es la relación entre las condenas y el calendario electoral.

Se establece que:

  • Si la condena es confirmada antes del 31 de diciembre, la persona no podrá ser candidata en el proceso electoral siguiente
  • Si la confirmación ocurre durante el año electoral, la inhabilitación se aplicará recién después de esa elección

Además, la inelegibilidad regirá desde la fecha de la sentencia hasta su eventual revocación o cumplimiento de la pena.

Registro público y aplicación automática

El proyecto también crea un nuevo artículo (33 bis) que regula la implementación de la “Ficha Limpia”.

Entre los puntos principales se destacan:

  • La creación de un Registro Público de Ficha Limpia a cargo de la Cámara Nacional Electoral
  • La obligación de los tribunales de notificar sentencias en un plazo de 24 horas
  • La aplicación automática de la inelegibilidad, sin necesidad de esperar instancias posteriores

Un aspecto clave es que los recursos judiciales no suspenderán la inhabilitación: “La interposición de recursos no suspenderá en ningún caso la vigencia” de la medida.

Control judicial y rol de los partidos

El proyecto refuerza además los controles sobre las candidaturas. Por un lado, establece que los jueces electorales deberán verificar de oficio que los postulantes no figuren en el registro.

Por otro, ratifica que los partidos políticos no podrán oficializar candidatos que estén alcanzados por estas prohibiciones.

La incorporación de la “Ficha Limpia” abre un debate que ya tiene antecedentes en el Congreso. Sus defensores sostienen que fortalece la transparencia y la calidad institucional, al impedir que personas condenadas accedan a cargos públicos.

Sus críticos, en cambio, advierten sobre posibles tensiones con el principio de inocencia y el uso político de la justicia, especialmente en un contexto donde las condenas no necesariamente están firmes.