23/04/2026 - Edición Nº1171

Política

Claves jurídicas

Alerta trabajadores: vuelven más de 80 artículos que reordenan tu contrato

23/04/2026 | La Cámara del Trabajo dejó sin efecto la cautelar que había frenado artículos clave de la Ley N° 27.802.



En un fallo de alto impacto político y económico, la Cámara Nacional del Trabajo revocó la medida cautelar que mantenía suspendidos más de 80 artículos de la reforma laboral impulsada por el gobierno de Javier Milei. Con esta decisión, volvió a entrar en vigencia el núcleo más controvertido de la denominada Ley de Modernización Laboral N° 27.802.

La cautelar había sido dictada a fines de marzo por el juez laboral Raúl Ojeda, a partir de una presentación de la CGT, y había dejado sin efecto 82 artículos sobre un total de más de 200 que componen la norma. El fallo había impactado en aspectos estructurales del sistema laboral argentino, desde el régimen de despidos hasta el funcionamiento de los convenios colectivos.

Con la resolución de la Cámara, ese freno quedó sin efecto y se restablecen de manera plena los artículos suspendidos, reconfigurando el escenario jurídico y reactivando una reforma que había quedado parcialmente paralizada.

Qué artículos vuelven a regir

El paquete restituido no es menor. Entre ellos se destacan los artículos que modificaban el régimen de indemnizaciones, la negociación colectiva, el derecho de huelga, la registración laboral y la responsabilidad en tercerizaciones.Estos puntos habían sido cuestionados judicialmente por afectar —según los demandantes— principios como la protección del trabajador y la libertad sindical. A contramano de lo dicho por el juez Ojeda, el pronunciamiento de Cámara entiende que eso no sucede en la realidad.

Con este fallo, el Gobierno recupera el control sobre una de sus reformas estructurales más ambiciosas. Sin embargo, la disputa está lejos de cerrarse. En medio de un contexto adverso, es de esperarse una escala creciente de las manifestaciones obreras en las calles.  La restitución de los más de 80 artículos que eran objeto de discusión, por un lado reordena el plano legal mientras que por el otro interpela a jueces, abogados,  sindicatos, trabajadores y a doctrinarios del derecho, que son quienes se ocuparán de dotar de argumentos a las partes.