El presidente Javier Milei promulgó este viernes la Ley 27.804 de Presupuestos Mínimos para la Protección de los Glaciares y del Ambiente Periglacial, una reforma clave del régimen vigente que había sido aprobada días atrás por el Congreso.
La norma contó con el respaldo de gobernadores de provincias cordilleranas, pero generó una fuerte resistencia de sectores del kirchnerismo, la izquierda, la Coalición Cívica y organizaciones ambientalistas.
La iniciativa introduce modificaciones sustanciales a la histórica ley 26.639, redefiniendo criterios de protección, competencias y procedimientos para la evaluación de actividades en zonas glaciares y periglaciares.
El texto promulgado establece que los glaciares son “bienes de carácter público” y los define como reservas estratégicas de recursos hídricos. La norma pone el foco en su rol como proveedores de agua para consumo humano, agricultura, biodiversidad, investigación científica y turismo.
Al mismo tiempo, introduce una interpretación que busca compatibilizar la protección ambiental con el desarrollo económico, en línea con los artículos 41 y 124 de la Constitución Nacional. Esto implica reconocer el dominio originario de los recursos naturales por parte de las provincias, un punto central para los mandatarios de regiones cordilleranas.
Uno de los ejes de la ley es la reformulación del Inventario Nacional de Glaciares, que seguirá a cargo del IANIGLA (Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales), pero con nuevas reglas.
El inventario deberá identificar no solo glaciares sino también geoformas periglaciales que cumplan funciones hídricas relevantes. Además, se incorpora el principio precautorio: toda formación incluida en el inventario será considerada protegida hasta que estudios técnico-científicos determinen lo contrario.
Sin embargo, la norma también habilita la exclusión de ciertos cuerpos del inventario si se comprueba que no cumplen funciones hídricas, lo que fue uno de los puntos más cuestionados por sectores ambientalistas.
La ley mantiene la prohibición de actividades que puedan alterar significativamente los glaciares, incluyendo:
No obstante, introduce un criterio clave: será la autoridad ambiental de cada jurisdicción la encargada de determinar, mediante evaluaciones de impacto ambiental, qué actividades generan una “alteración relevante”.
Todas las actividades deberán someterse a evaluación ambiental previa, con instancias de participación ciudadana. También se contempla la posibilidad de evaluaciones ambientales estratégicas en proyectos de mayor escala.
Uno de los cambios más significativos es el refuerzo del rol de las provincias. La ley establece que cada jurisdicción definirá su autoridad competente y será responsable de identificar los glaciares y ambientes periglaciares en su territorio.
Este punto fue determinante para el apoyo de gobernadores cordilleranos, que ven en la norma una herramienta para equilibrar protección ambiental y desarrollo productivo, especialmente en actividades como la minería.
La promulgación de la ley profundizó la grieta política en torno a la política ambiental. Desde el oficialismo y las provincias mineras destacaron que la norma “moderniza” el marco regulatorio y otorga previsibilidad.
En cambio, el kirchnerismo, la izquierda y la Coalición Cívica advirtieron que los cambios implican una flexibilización de la protección de los glaciares. Organizaciones como Greenpeace denunciaron que la ley abre la puerta a actividades extractivas en zonas sensibles.
Las críticas se concentraron especialmente en la posibilidad de excluir áreas del inventario y en la mayor discrecionalidad otorgada a las autoridades provinciales.