El 25 de abril de 2007 marcó un punto de inflexión en la historia judicial argentina. Ese día, la Cámara Federal de Apelaciones de Buenos Aires, reunida en pleno, declaró la inconstitucionalidad de los indultos firmados en 1990 por el entonces presidente Carlos Menem, que habían beneficiado a altos mandos militares condenados por delitos cometidos durante la última dictadura.
La decisión alcanzó, entre otros, a los excomandantes Jorge Rafael Videla y Emilio Eduardo Massera –por ese entonces, mayores de 80 años- quienes habían sido juzgados y condenados en el histórico Juicio a las Juntas de 1985. Los camaristas consideraron que los crímenes de lesa humanidad, por su gravedad y carácter imprescriptible, no pueden ser objeto de perdón estatal, ya que ello contraviene principios básicos del derecho internacional y la propia Constitución Nacional.
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El fallo tuvo un alto impacto simbólico, pero también consecuencias concretas: dejó sin efecto el beneficio de libertad que habían recuperado los represores indultados y permitió la continuidad de las investigaciones y la ejecución de las penas. En términos jurídicos, consolidó la idea de que el Estado argentino tiene la obligación de investigar, juzgar y sancionar este tipo de delitos, sin excepciones ni atajos.
La doctrina fijada por la Cámara fue luego ratificada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina el 13 de julio de 2007, cuando el máximo tribunal anuló el indulto al represor Santiago Omar Riveros. Con esa decisión, se cerró definitivamente la puerta a cualquier intento de validar los indultos en causas por violaciones a los derechos humanos.
Para entender el alcance del fallo de 2007, es necesario retroceder varias décadas. Durante la última dictadura militar (1976-1983), las Fuerzas Armadas llevaron adelante un plan sistemático de represión ilegal: secuestros, torturas, desapariciones forzadas y apropiación de menores. Entre los principales responsables se encontraban figuras tristemente célebres como Jorge Rafael Videla, Emilio Eduardo Massera, Jorge Isaac Anaya, Cristino Nicolaides y otros militares que no llegaron a integrar la Junta Militar, pero ocuparon altos cargos en la dictadura.
Con el retorno de la democracia en 1983, el gobierno de Raúl Alfonsín impulsó el histórico Juicio a las Juntas, en el que los excomandantes –no todos porque también hubo absoluciones- fueron condenados a penas de prisión. Ese juicio era algo inédito en la historia argentina y a nivel internacional, solamente existía un antecedente en Grecia, que llevó a juicio y condenó a los altos oficiales que entre 1967 y 1974 encabezaron la Dictadura de los Coroneles.
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Luego de la condena a las altas jerarquías, la Justicia decidió ir por el personal subalterno. En consecuencia, el proceso enfrentó fuertes presiones militares. Solo dos años después del juicio, el Congreso sancionó las leyes de Punto Final y Obediencia Debida, que limitaron el alcance de las investigaciones. Poco después, ya bajo la presidencia de Carlos Menem, se dio un paso más audaz: entre 1989 y 1990, el mandatario firmó una serie de decretos de indulto que beneficiaron tanto a militares condenados como a algunos dirigentes guerrilleros.
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La justificación oficial fue la necesidad de “reconciliación nacional” y de cerrar una etapa de enfrentamientos que aún generaba inestabilidad. En los hechos, los indultos permitieron que represores condenados por delitos gravísimos recuperaran la libertad, consolidando un período de impunidad que se extendería durante toda la década.
La primera tanda de perdón presidencial tuvo lugar el 7 de octubre de 1989. Menem firmó cuatro decretos indultando a doscientos veinte militares y setenta civiles.
La segunda fue el 29 de diciembre de 1990: