29/04/2026 - Edición Nº1177

Política

Causa Seguros

Los 3 argumentos de Casación para anular el procesamiento de Alberto Fernández

29/04/2026 | La Sala IV del máximo tribunal penal dejó sin efecto el embargo de $14.600 millones al expresidente



La Cámara Federal de Casación Penal anuló el procesamiento del expresidente Alberto Fernández en la causa que investiga presuntas irregularidades en la contratación de seguros estatales. En un fallo dividido, la Sala IV del máximo tribunal penal del país consideró que la instancia anterior cometió errores graves de procedimiento que invalidan la acusación, obligando a dictar una nueva resolución que tenga en cuenta los derechos de la defensa.

"No hay juez sin acusador": la regla de oro que rompió el fallo anterior

El argumento central de la mayoría, conformada por los jueces Mariano Borinsky y Javier Carbajo, se basa en un principio fundamental del derecho: para que un juez pueda actuar contra un imputado, debe existir alguien que lo acuse. En este caso, durante la etapa de apelación ante la Cámara Federal porteña, el fiscal José Luis Agüero Iturbe había solicitado formalmente que se revocara el procesamiento de Fernández y se dictara la "falta de mérito" para seguir investigando.  

La Cámara de Casación determinó que el procesamiento de Alberto Fernández es nulo porque los jueces de la instancia anterior confirmaron la acusación a pesar de que el propio fiscal del caso había pedido dar marcha atrás, rompiendo así el principio de que un magistrado no puede condenar o procesar si el Ministerio Público Fiscal no sostiene la pretensión de castigo.

El juez Borinsky remarcó en su voto que "no existió controversia entre las partes", ya que tanto la defensa como la fiscalía coincidieron en que el procesamiento era prematuro. Al confirmar la acusación de todas formas, los jueces de la cámara previa se "extralimitaron" en sus funciones, asumiendo un rol de acusadores que no les corresponde.  

La ausencia de contradicción: un debate donde todos estaban de acuerdo

Para que un proceso judicial sea válido, debe haber un contradictorio, es decir, una pelea de argumentos entre dos partes enfrentadas ante un tercero imparcial. En la audiencia previa, se dio una situación insólita: el fiscal y los abogados de Alberto Fernández estaban de acuerdo en que no había pruebas suficientes para procesarlo en ese momento.  

  • El fiscal Agüero Iturbe sostuvo que no existían elementos de convicción bastantes para mantener el procesamiento.  
  • La defensa, encabezada por Mariana Barbitta, argumentó que la imputación era arbitraria y carente de fundamentación.  
  • Al no haber disputa, la Justicia de Casación entendió que el tribunal de apelaciones resolvió "en exceso de la pretensión", lo que anula la validez del fallo.  
  • Este "error de manual" técnico hizo que el embargo preventivo por la suma astronómica de $14.634.220.283,68 quedara, por ahora, sin efecto.

Testigos clave: por qué la Justicia ordena escuchar a Vilma Ibarra y Santiago Cafiero

El tercer pilar de la anulación responde a un reclamo directo de la defensa: la falta de producción de pruebas elementales antes de dictar una sentencia de mérito. Los jueces Borinsky y Carbajo señalaron que la instancia anterior omitió tratar los pedidos para escuchar a testigos que la defensa considera fundamentales para explicar el funcionamiento administrativo del Estado.  

La Cámara Federal de Casación anuló el procesamiento de Alberto Fernández en la causa Seguros.

Entre los nombres que ahora deberán declarar figuran:

  • Vilma Ibarra, exsecretaria Legal y Técnica.
  • Santiago Cafiero, exjefe de Gabinete y Canciller.

La Justicia consideró que no se puede cerrar un procesamiento por "negociaciones incompatibles con la función pública" sin antes agotar estas medidas de prueba que podrían aclarar si el Decreto 823/2021 tuvo un fin delictivo o fue una medida administrativa legítima.

¿Qué se investiga en la causa Seguros?

La causa Seguros se originó por la sospecha de que durante el gobierno de Alberto Fernández se montó una "estructura criminal" para desviar fondos públicos hacia intermediarios privados.

  • El Decreto 823/2021: esta norma obligaba a todos los organismos del Estado a contratar sus seguros exclusivamente con la empresa estatal Nación Seguros S.A..  
  • Los intermediarios: a pesar de ser una contratación entre entes estatales, se habrían incorporado "brokers" o intermediarios privados que cobraban comisiones millonarias por servicios que, según la acusación, eran innecesarios.
  • El amigo del Presidente: uno de los brokers más beneficiados fue Héctor Martínez Sosa, esposo de la secretaria privada de Fernández, María Cantero, quien habría concentrado casi el 60% de las comisiones pagadas.
  • El delito: el expresidente está acusado de "negociaciones incompatibles", un delito que ocurre cuando un funcionario se interesa en una operación en beneficio propio o de un tercero.  

La disidencia de Gustavo Hornos: el voto que pedía mantener la acusación

No todos los jueces de Casación estuvieron de acuerdo. El juez Gustavo Hornos votó en soledad por dejar firme el procesamiento. Sus argumentos se centraron en dos puntos:

  • Sentencia no definitiva: sostuvo que un procesamiento no es una sentencia final y que, por lo tanto, no debería ser revisado por Casación en esta etapa.  
  • Unidad del Ministerio Público: Hornos argumentó que el Fiscal General ante Casación, Raúl Pleé, sí pidió mantener el procesamiento, y que su opinión "superior" debería valer más que la del fiscal de la instancia anterior.  

Para Hornos, las pruebas de un "esquema de direccionamiento irregular" ya son lo suficientemente fuertes como para que el juicio siga adelante sin demoras.

TM