Lo que parecía un expediente terminado volvió a abrirse en la instancia más alta de la Justicia provincial. El Superior Tribunal de Justicia de Chubut hizo lugar parcialmente a un planteo del Ministerio Público Fiscal, dejó sin efecto un sobreseimiento por prescripción y ordenó la realización de un nuevo juicio en una causa tramitada en Comodoro Rivadavia.
La decisión se originó a partir de una impugnación extraordinaria presentada por la Unidad Fiscal Especializada en Cibercrimen y Evidencia Digital (UFE CyED), encabezada por el fiscal Fernando Rivarola. El recurso apuntaba contra una resolución previa que había beneficiado a Pedro Enrique Velázquez, imputado en 2020 por tenencia y distribución de material de abuso sexual infantil.
En su análisis, el máximo tribunal provincial rechazó uno de los planteos de la fiscalía, vinculado a la nulidad de un informe proveniente de una red social, al considerar que contenía información privada ajena al objeto del proceso. Sin embargo, en los aspectos centrales del recurso, los jueces coincidieron con la acusación.
Uno de los ejes de la decisión fue la crítica a la valoración probatoria realizada en la instancia anterior. El fallo sostuvo que la absolución respecto de los hechos de distribución no estaba debidamente fundada, ya que no se había realizado un análisis integral de la evidencia reunida.
En ese punto, los ministros destacaron la existencia de elementos técnicos que, considerados en conjunto, permiten avanzar sobre la atribución de autoría en delitos cometidos mediante plataformas digitales. Entre ellos mencionaron la coincidencia del IMEI del dispositivo, la titularidad de las líneas telefónicas utilizadas y el secuestro del teléfono en el domicilio del imputado.
Otro aspecto cuestionado fue la forma en que se había fragmentado la conducta de tenencia del material ilícito según el soporte en el que fue hallado. El tribunal señaló que ese enfoque resulta incorrecto, ya que la posesión de material de abuso sexual infantil debe entenderse como una conducta única y continua, independientemente de los dispositivos en los que se encuentre almacenado.
De acuerdo con la investigación fiscal, el imputado habría enviado tres videos a través de plataformas de mensajería y almacenaba en distintos dispositivos una cantidad significativa de imágenes y registros audiovisuales que involucraban a menores. También se determinó su participación en grupos de intercambio de este tipo de contenido.
Con estos fundamentos, el Superior Tribunal resolvió revocar tanto el sobreseimiento por prescripción como la absolución dictada previamente, y dispuso que el caso regrese a la instancia de origen para la realización de un nuevo juicio.
La decisión reabre el proceso y obliga a un nuevo análisis de la prueba en debate oral, en una causa que había quedado cerrada en etapas anteriores.