03/05/2026 - Edición Nº1181

Sociedad


Monumento histórico

La Justicia suspendió obras en el Luna Park y redefinió su puesta en valor

01/05/2026 | La medida judicial pone un freno a los planes de las productoras de shows y recitales DF Entertainment y la multinacional Live Nation.



Un nuevo capítulo se conoció ayer sobre la demolición y puesta en valor del tradicional estadio Luna Park. La Justicia porteña ordenó la suspensión inmediata de todas las obras previstas en el histórico estadio de Corrientes y Bouchard.   Se trata, en definitiva, de una medida que pega de lleno en los planes de las productoras DF Entertainment y la multinacional Live Nation, que tienen a su cargo la explotación del estadio.

La resolución se conoció este jueves luego de que la Sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo (CATYRC) de la Ciudad de Buenos Aires resolviera hacer lugar a los recursos de apelación presentados contra la sentencia de primera instancia que había rechazado la medida cautelar.  En este sentido, la Sala III de la Cámara revocó dicha sentencia y ordenó la suspensión de todo trabajo constructivo y de demolición en el Luna Park hasta que se dicte una sentencia definitiva.

Contexto histórico y legal

El conflicto legal se originó a partir de una acción de amparo colectivo impulsada por la Asociación Civil Observatorio del Derecho a la Ciudad, la Asociación Civil Basta de Demoler y la Fundación Ciudad, con el patrocinio jurídico de los abogados Jonatan Baldiviezo y Pacífico Rodríguez Villar contra el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (GCBA). Esta acción de amparo se acumuló a otra presentada por el abogado Andrés Gil Domínguez.

La demanda se fundó en el informe técnico preparado por los arquitectos especialistas en patrimonio Marcelo Magadán y Francisco Girelli.

Los demandantes solicitaron la inconstitucionalidad y la nulidad de la Disposición 1283/25, dictada por la Dirección General de Interpretación Urbanística (DGIUR), que declaraba "factibles" las obras proyectadas en el recinto.

Como se recordará, el estadio Luna Park cuenta con un nivel de protección estructural dentro del Código Urbanístico (CU) de la CABA y ostenta la categoría de Monumento Histórico Nacional, otorgada mediante el Decreto Presidencial 123/07.

Los cuestionamientos al proyecto

Entre los principales argumentos de las organizaciones demandantes, se destacan:

La existencia de un aumento de volumen encubierto bajo la figura de “superficie nueva”, algo prohibido para edificios con protección estructural.

La demolición total del interior del estadio, considerada incompatible con los principios de autenticidad e integridad patrimonial.

La modificación de la cubierta y la fachada, en contradicción con las normas que exigen conservar estos elementos originales.

La falta de intervención de organismos clave como el Consejo Asesor de Asuntos Patrimoniales (CAAP), el Consejo del Plan Urbano Ambiental (COPUA) y la Legislatura porteña.

Un posible impacto ambiental acústico, con niveles de ruido proyectados por encima de los límites permitidos.

Los fundamentos de la Cámara

Al analizar el caso, los jueces Gabriela Seijas, Horacio Corti y Hugo Zuleta consideraron que existen elementos suficientes para presumir que el proyecto podría vulnerar las normativas vigentes.

Entre los puntos salientes los magistrados señalaron que:

La obra afectaría más del 20% de la superficie del inmueble, lo que activa requisitos legales más estrictos.

* Hay indicios de que el proyecto alteraría el volumen original del edificio, algo expresamente limitado.

El Gobierno de la Ciudad no respondió de manera convincente a varios de los cuestionamientos legales planteados.

* La normativa vigente exige preservar tanto la fachada como la cubierta, lo que pondría en duda la legalidad de su reemplazo.

Por otra parte, el tribunal remarcó que, tratándose de un Monumento Histórico Nacional, cualquier intervención podría generar daños irreparables si se ejecuta antes de una evaluación judicial completa.

Suspensión total hasta nuevo fallo

En base a estos argumentos, la Cámara consideró acreditados los requisitos de “verosimilitud del derecho” y “peligro en la demora”, y ordenó la suspensión total de las obras como medida cautelar.

La decisión implica un freno contundente para DF Entertainment y Live Nation, que buscaban avanzar con una transformación profunda del estadio, y abre un escenario de incertidumbre sobre el futuro del Luna Park.