06/05/2026 - Edición Nº1184

Política

La Pampa

Ley de Glaciares: las 7 alertas del amparo de 850.000 firmas que acorrala a Milei

06/05/2026 | La mayor demanda colectiva de la historia argentina busca suspender la Ley 27.804 ante la Justicia de La Pampa



La Justicia Federal de Santa Rosa recibió la demanda ambiental con mayor respaldo popular registrada en el país. Un total de 850.758 ciudadanos firmaron el amparo colectivo que exige la declaración de inconstitucionalidad de la reciente reforma de la Ley de Glaciares promovida por la gestión de Javier Milei. El bloque de actores, integrado por la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN), Greenpeace y la Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas, solicitó una medida cautelar urgente para detener la aplicación de la norma en todo el territorio nacional.

La elección de La Pampa como sede judicial responde al carácter interjurisdiccional de las cuencas hídricas afectadas. Al tratarse de un sistema donde los ríos nacen del deshielo en los Andes y atraviesan fronteras provinciales, cualquier alteración en las nacientes impacta directamente en el caudal de las jurisdicciones ubicadas aguas abajo. Los demandantes sostienen que la minería en ambientes periglaciales amenaza la seguridad hídrica y la producción agrícola de una región que ya atraviesa crisis por escasez de agua.

Amparo colectivo en La Pampa contra la Ley de Glaciares

Las organizaciones de la sociedad civil formalizaron el lunes la presentación judicial para frenar la vigencia de la Ley 27.804. El escrito solicita que se mantenga la plena operatividad de la Ley 26.639 de Presupuestos Mínimos, sancionada en 2010, hasta que exista una sentencia firme sobre el fondo del asunto. Entre los firmantes figura Marta Maffei, autora de la normativa original, junto a asambleas ciudadanas de San Juan, Mendoza y Santa Cruz que denuncian el avance de proyectos extractivos sobre reservas estratégicas de agua.

La demanda enfatiza que la reforma vulnera el principio de no regresión ambiental consagrado en el Acuerdo de Escazú y la Constitución Nacional. Según los letrados, el Estado nacional no puede perforar el piso mínimo de protección ya alcanzado para favorecer intereses económicos coyunturales. La acción judicial busca invalidar cualquier autorización administrativa o proyecto minero que se superponga con cuerpos de hielo inventariados por el Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (IANIGLA).

Las 7 alertas críticas de la reforma ambiental de Milei

El amparo contra la reforma de la Ley de Glaciares de Javier Milei presentado por Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN), Greenpeace y la Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas en la Justicia Federal de La Pampa.

La presentación judicial desglosa siete puntos de vulnerabilidad extrema que la nueva ley genera sobre el ecosistema nacional. Estos factores constituyen el eje del reclamo que busca evitar daños irreparables en las reservas de agua sólida del país:

  1. Fin de la protección automática: la reforma elimina el resguardo para todos los glaciares y exige que se verifique una "función hídrica efectiva" para mantener la tutela legal.
  2. Discrecionalidad provincial: las autoridades locales adquieren la facultad de definir qué áreas proteger, lo que habilita la exclusión de ecosistemas según intereses políticos o económicos.
  3. Eliminación de prohibiciones absolutas: se permite la minería e hidrocarburos en zonas glaciares siempre que no generen una "alteración relevante", término que la ley no define técnicamente.
  4. Marginalización de la ciencia: el IANIGLA pierde su rol central de control. Si una provincia decide eliminar un glaciar del inventario, la omisión del organismo científico no afecta la validez de la obra.
  5. Dumping ambiental: la competencia entre provincias para atraer inversiones podría derivar en una reducción sistemática de estándares de control, creando "sótanos de subprotección".
  6. Riesgo de hechos consumados: si las empresas obtienen licencias bajo el régimen RIGI durante el juicio, podrían alegar derechos adquiridos que impidan restaurar la protección original.
  7. Inseguridad jurídica internacional: el debilitamiento de la protección viola compromisos asumidos en el acuerdo comercial MERCOSUR-Unión Europea, comprometiendo la credibilidad del país.

Inversiones mineras y el RIGI tras la sanción de la Ley 27.804

La Cámara de Diputados sancionó la reforma el pasado 8 de abril con 137 votos afirmativos, enfocándose en "destrabar" proyectos mineros paralizados. El Gobierno nacional justificó la medida en la necesidad de fomentar la extracción de cobre y litio, recursos considerados estratégicos para la transición energética global. El gobernador de San Juan, Marcelo Orrego, defendió la nueva autonomía provincial señalando que los recursos naturales pertenecen a las jurisdicciones locales.

Sin embargo, el amparo advierte que proyectos como Vicuña, El Pachón y Los Azules se sitúan sobre áreas con presencia de glaciares de escombro y ambiente periglacial. Las empresas mineras indicaron en sus informes técnicos que la existencia de hielo subterráneo representa una "complejidad y riesgo" para la obtención de permisos ambientales bajo la ley anterior. Con la reforma, el Poder Ejecutivo nacional busca alinear la normativa ambiental con los beneficios fiscales del Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI).

Denuncias por falta de participación en la audiencia de Diputados

El proceso legislativo recibió duras críticas por la restricción de la palabra durante las audiencias públicas celebradas el 25 y 26 de marzo. A pesar de que se inscribieron más de 102.000 personas, una cifra récord a nivel mundial, las comisiones de Recursos Naturales y Asuntos Constitucionales permitieron la intervención de apenas el 0,3% de los anotados. Las organizaciones denuncian que se montó una "pseudo instancia de participación" que incumplió los estándares del Acuerdo de Escazú.

Los presidentes de las comisiones, José Peluc y Nicolás Mayoraz, redujeron el tiempo de exposición de 5 a 4 minutos de forma arbitraria una vez iniciada la jornada. Además, se incluyeron en el listado de oradores a representantes de cámaras mineras y sindicatos que no figuraban en el registro público de inscriptos. Esta "pantomima de audiencias", según el escrito judicial, vicia la constitucionalidad del procedimiento parlamentario al negar una deliberación real con las poblaciones afectadas.

El compromiso del Pacto de Mayo con la explotación de recursos

El origen de la reforma se remonta a diciembre de 2025, cuando los gobernadores de las Mesas del Litio y del Cobre solicitaron al presidente Milei redefinir la protección del ambiente periglacial. El mensaje oficial del Poder Ejecutivo fundamentó el proyecto en el "Pacto de Mayo", donde las provincias se comprometieron a avanzar en la explotación de recursos naturales como base para la reconstrucción económica del país. La celeridad del tratamiento en sesiones extraordinarias impidió el dictamen técnico de la Secretaría de Ambiente de la Nación.

Legisladores de la oposición señalaron que las modificaciones se discutieron "entre gallos y medianoche", entregando textos impresos minutos antes de las votaciones en el Senado. El Gobierno defiende que la reforma "pone fin a interpretaciones arbitrarias" de la ley de 2010, pero la comunidad científica internacional alertó que se reemplazó una metodología de rigor técnico por criterios de oportunidad política.

El valor estratégico de los glaciares para 7 millones de personas

La Ley 26.639 original protegió 16.968 cuerpos de hielo que ocupan aproximadamente 8.484 kilómetros cuadrados del territorio nacional. Estas reservas actúan como "tanques de agua" que regulan el caudal de los ríos, aportando entre el 25% y el 50% del agua disponible durante períodos de sequía extrema. El amparo destaca que el 18% de la población argentina consume agua vinculada directamente a estos sistemas de alta montaña.

La Corte Suprema de Justicia ya ratificó en 2019, en el caso "Barrick", que los glaciares son bienes naturales únicos de la más elevada tutela jurídica. El tribunal determinó entonces que el dominio provincial sobre los recursos no permite perforar el piso de protección federal fijado por el Congreso. Las organizaciones advierten que, una vez destruido un glaciar de escombro por la actividad industrial, el daño es para siempre, ya que el agua de deshielo no se recupera mediante indemnizaciones posteriores.

TM

Relacionadas
Más Noticias