07/05/2026 - Edición Nº1185

Política

Revés para el Gobierno

Corte Suprema y reforma laboral: por qué el caso aún no se definió

07/05/2026 | El máximo tribunal consideró “inadmisible” el planteo del Estado nacional y sostuvo que no existían condiciones para habilitar un salto de instancia



La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó el pedido de per saltum presentado por el Gobierno nacional para que el máximo tribunal resolviera de manera directa la constitucionalidad de la llamada ley de “modernización laboral”, aprobada por el Congreso el pasado 28 de febrero.

Con las firmas de Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y Carlos Rosenkrantz, el tribunal consideró que el planteo impulsado por la Procuración del Tesoro resultaba “inadmisible” y remarcó que no estaban dados los requisitos previstos en el Código Procesal Civil y Comercial para habilitar ese mecanismo extraordinario.

Carlos Rosenkrantz, Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti.

Según explicaron los jueces, el recurso presentado por el Estado también se había vuelto “inoficioso” debido a que la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo ya había resuelto trasladar el expediente al fuero contencioso administrativo federal. “No hay salto de instancia posible porque ya resolvió el tribunal de alzada”, sostuvo la Corte en su resolución.

El pedido oficial había sido presentado el 16 de abril por los abogados del Estado, luego de que el juez laboral Raúl Horacio Ojeda declarara la inconstitucionalidad de decenas de artículos de la reforma impulsada por el oficialismo. En aquella resolución, el magistrado suspendió la aplicación de buena parte de la norma. Sin embargo, posteriormente la Cámara del Trabajo revirtió esa decisión, restituyó la plena vigencia de la reforma laboral y ordenó que el expediente continuara tramitándose en el fuero contencioso administrativo federal.

Por qué la Corte dijo que no

En el fallo difundido este jueves, la Corte recordó además los alcances del artículo 257 bis del Código Procesal Civil y Comercial, que regula el mecanismo del per saltum y establece que sólo puede habilitarse cuando exista una cuestión federal excepcional y un supuesto de gravedad institucional.

En su presentación, la Procuración del Tesoro -en representación de la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social del Ministerio de Capital Humano- había solicitado que la Corte aceptara el recurso extraordinario, suspendiera los efectos de la cautelar que frenaba parte de la norma y revocara la resolución dictada por el juez Ojeda.

El Estado nacional también sostuvo que el magistrado laboral carecía de competencia para intervenir en el caso y cuestionó la legitimación colectiva de la demanda impulsada por la Confederación General del Trabajo.

Cómo se inició la acción

La causa fue iniciada por la CGT, que pidió la declaración de inconstitucionalidad de distintos artículos de la Ley 27.802 al considerar que afectan derechos y garantías vinculados con la protección del trabajo, la libertad sindical, la progresividad de los derechos sociales y el acceso a la Justicia.

Con esta decisión, la disputa judicial por la reforma laboral continuará ahora bajo la órbita del fuero contencioso administrativo federal, mientras el Gobierno busca sostener una de las principales iniciativas económicas y laborales de la gestión de Javier Milei.

 

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