Un grupo de diputados nacionales de Unión por la Patria presentó en el Congreso un proyecto de ley para crear un régimen especial de trabajo dependiente para trabajadores de plataformas digitales, con el objetivo de reconocer derechos laborales, regular las condiciones de empleo y establecer límites al funcionamiento de los algoritmos utilizados por las aplicaciones.
La iniciativa apunta directamente a empresas de reparto, mensajería, transporte y logística que operan mediante aplicaciones móviles, como las dedicadas al delivery o al traslado de pasajeros, y propone que exista una presunción legal de relación laboral entre las plataformas y quienes prestan servicios.
El proyecto fue impulsado por los diputados Hugo Moyano (h), Jorge Taiana, Hugo Yasky, Juan Marino, Sabrina Selva, Santiago Cafiero y Victoria Tolosa Paz.
La propuesta establece un nuevo “Régimen Especial de Trabajo Dependiente Prestado a Través de Plataformas”, pensado para trabajadores que realizan tareas mediante aplicaciones digitales sin obligación de asistencia permanente.
El texto define como plataformas digitales a todas aquellas empresas que, mediante tecnologías digitales y sistemas automatizados, organizan o controlan trabajo humano a cambio de una contraprestación económica. Allí se incluyen especialmente aplicaciones de reparto y delivery, transporte, logística, mensajería, distribución y servicios de cuidados.
Uno de los puntos centrales es que el proyecto presume la existencia de una relación laboral entre el trabajador y la plataforma, más allá de cómo esté redactado el contrato o de la figura utilizada por la empresa.
Según el texto, la empresa deberá demostrar lo contrario y no podrá basarse únicamente en la “voluntad de las partes” ni en la denominación contractual.

En materia salarial, el proyecto establece que los trabajadores de plataformas tendrán derecho a una remuneración mínima garantizada equivalente al valor hora del convenio colectivo aplicable o, en su defecto, al salario mínimo vital y móvil.
La iniciativa introduce además un cambio importante: considera jornada laboral todo el tiempo durante el cual el trabajador permanezca conectado a la aplicación, incluso aunque no esté realizando viajes o entregas.
A eso se sumaría una remuneración variable por servicio prestado, calculada según distancia recorrida, tiempo de realización y tiempo de espera efectiva.
Además, el proyecto prohíbe que las plataformas trasladen al trabajador gastos, multas, comisiones o descuentos vinculados a la actividad.

La propuesta también regula la jornada laboral y el derecho a la desconexión.
El texto establece que los trabajadores podrán conectarse y desconectarse libremente, sin obligación de permanencia mínima diaria y sin sufrir represalias por rechazar pedidos o viajes.
Al mismo tiempo, fija que la jornada no podrá superar los límites máximos previstos por la legislación laboral y exige un descanso mínimo de 12 horas entre una jornada y otra.
Los convenios colectivos podrían establecer reglas más favorables sobre tiempos de conexión y remuneración.
Otro de los aspectos del proyecto es la regulación de los algoritmos y sistemas automatizados utilizados por las plataformas.
La iniciativa obliga a las empresas a informar de manera clara:
Además, las plataformas deberán garantizar una instancia de revisión humana para decisiones automatizadas que afecten a los trabajadores, como desactivaciones de cuenta, reducciones de ingresos, cambios en la asignación de tareas o sanciones internas.
El trabajador podrá pedir explicaciones por escrito y la empresa deberá responder en un plazo máximo de 72 horas.

El proyecto incorpora obligaciones específicas en materia de salud y seguridad laboral.
Entre ellas, obliga a las plataformas a entregar elementos de protección personal, garantizar condiciones seguras de trabajo, brindar capacitación y evaluar riesgos psicosociales derivados de la gestión algorítmica.
También crea la obligación de asegurar acceso gratuito a estaciones sanitarias para repartidores y trabajadores que desempeñen tareas en el espacio público.
Las empresas deberán informar dentro de la aplicación dónde están ubicadas esas estaciones y garantizar que tengan higiene adecuada, agua potable, iluminación, ventilación y espacios de descanso.
Otro eje fuerte de la propuesta es el reconocimiento de derechos sindicales plenos para trabajadores de plataformas.
El proyecto garantiza libertad sindical, derecho de huelga, negociación colectiva y organización gremial.
Además, obliga a las plataformas a asignar formalmente a cada trabajador un “centro de trabajo” o unidad operativa para permitir la elección de delegados sindicales, pese a que no existan oficinas físicas tradicionales.
La iniciativa también prohíbe expresamente prácticas antisindicales y el uso de algoritmos para monitorear o desalentar actividad gremial.
“Los trabajadores de plataformas gozarán de los derechos de libertad sindical, organización sindical libre y democrática, negociación colectiva y huelga, reconocidos en la Constitución Nacional, en los tratados internacionales, los Convenios de la Organización Internacional del Trabajo ratificados por la República Argentina y en la legislación vigente”, se señala.
Y agrega: “La representación sindical será ejercida por la organización sindical correspondiente a la actividad en la que los trabajadores prestan sus servicios, conforme a lo dispuesto en la Ley N° 23.551”.