La Cámara Federal de Casación Penal resolvió este lunes conceder el arresto domiciliario a Julio de Vido, exministro de Planificación Federal, tras detectar deficiencias críticas en la atención sanitaria del penal de Ezeiza. La decisión de la Sala III modificó la situación de detención del exfuncionario, quien cumplía una condena de cuatro años en la Unidad 19 del Servicio Penitenciario Federal. Los magistrados basaron su fallo en la incapacidad estatal para brindar una respuesta médica inmediata ante el delicado cuadro cardiovascular del detenido.
La Sala III de la Cámara de Casación determinó que la Unidad 19 del Servicio Penitenciario Federal carece de guardia médica presencial las 24 horas, lo que impide una respuesta inmediata ante emergencias cardíacas. Esta vulnerabilidad resultó determinante para los jueces, quienes consideraron que la permanencia en el entorno carcelario incrementa el riesgo de trastornos irreparables para la salud.
El punto central que motivó el traslado del exministro reside en la organización interna del Servicio Penitenciario Federal (SPF). Según el voto del juez Carlos Mahiques, el sistema de salud en la Unidad 19 presentó fallas estructurales de cobertura. El magistrado precisó que el establecimiento no cuenta con una guardia médica en el lugar durante las 24 horas. Los profesionales especialistas permanecen simplemente "localizables telefónicamente" durante las noches y los días no laborables, dejando la atención inmediata solo en manos de enfermeros.

Esta modalidad de atención remota fue calificada como insuficiente por el tribunal, considerando que De Vido requiere una infraestructura sanitaria idónea y una capacidad de derivación instantánea. "Un supuesto presumible e inevitable de riesgo para la vida del interno podría presentarse nuevamente en una emergencia vinculada con su enfermedad cardiovascular", advirtió el fallo. La Justicia remarcó que el SPF reconoció la falta de determinados medicamentos anticoagulantes necesarios para revertir complicaciones graves en el propio penal.
La urgencia del planteo defensivo encontró sustento en un episodio crítico ocurrido hace pocas semanas. El 1° de abril de este año, Julio de Vido sufrió un infarto agudo de miocardio dentro de su celda que obligó a un traslado de emergencia. El exfuncionario recibió atención primaria en el Hospital Eurnekian para luego resultar derivado al Sanatorio Trinidad de Palermo, donde los especialistas practicaron una angioplastia con implante de stent.

Los informes del Cuerpo Médico Forense incorporados al expediente detallaron un panorama clínico complejo que incluye:
Los peritos advirtieron que, si el entorno carcelario no cumple de manera estricta con las recomendaciones de monitoreo y medicación, el alojamiento se considera inadecuado. El tribunal valoró que el reciente episodio cardíaco evidenció "demoras graves en la atención intramuros", lo que aceleró la necesidad de una medida morigeradora del encierro bajo el principio de humanidad de las penas.
Tras la resolución de Casación, el juez del Tribunal Oral Federal N°4, Ricardo Ángel Basílico, dispuso el traslado inmediato del exministro hacia su vivienda particular. El domicilio fijado es la chacra que De Vido posee en la localidad bonaerense de Zárate, específicamente en el club de campo Puerto Panal. El traslado incluyó la imposición de medidas de vigilancia tecnológica para asegurar que el condenado no abandone el perímetro autorizado.
Julio de Vido cumple una condena firme de cuatro años de prisión e inhabilitación especial perpetua. El Tribunal Oral Federal N°4 lo encontró responsable del delito de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública. El juicio analizó la responsabilidad del exministro en el manejo de los subsidios destinados al sistema ferroviario, concluyendo que omitió los controles necesarios sobre el destino de los fondos públicos que recibía la empresa Trenes de Buenos Aires (TBA).

En noviembre del año pasado, la Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó los últimos recursos de la defensa y dejó firme la sentencia. Esta decisión judicial activó la ejecución de la pena, motivo por el cual el exfuncionario resultó detenido el 13 de noviembre tras presentarse de manera voluntaria en los tribunales de Comodoro Py. Cabe destacar que, aunque fue condenado por el fraude económico, el tribunal lo absolvió por el delito de estrago culposo relacionado directamente con las muertes de la tragedia.
Esta detención en el penal de Ezeiza representó el segundo periodo de privación de libertad para el exintegrante del gabinete nacional. La primera detención ocurrió en octubre de 2017, cuando la Cámara de Diputados le quitó los fueros parlamentarios tras pedidos de los jueces Luis Rodríguez y Claudio Bonadio en las causas Río Turbio y Gas Natural Licuado (GNL). En aquella oportunidad, permaneció alojado en el penal de Marcos Paz hasta diciembre de 2019.

Al finalizar ese año, obtuvo una primera prisión domiciliaria que cumplió también en su casa de Zárate. En marzo de 2020 fue excarcelado y permaneció en libertad hasta el fallo definitivo de la Corte Suprema por la causa de Once. Actualmente, enfrenta otros procesos judiciales en instancia de juicio oral, como la denominada "Causa Cuadernos", donde se investiga el presunto pago de sobornos en la obra pública, aunque en esos expedientes no pesa sobre él una orden de prisión preventiva.
El caso que mantiene a De Vido bajo custodia penal se remonta al 22 de febrero de 2012. Aquella mañana, una formación de la línea Sarmiento chocó contra los paragolpes de contención en la estación terminal de Once, provocando la muerte de 51 personas (incluida una mujer embarazada) y dejando más de 700 heridos. El accidente expuso el colapso del sistema ferroviario y la falta de mantenimiento de las formaciones a pesar de las millonarias transferencias estatales.

La investigación judicial se dividió en dos etapas. En la primera, resultaron condenados los secretarios de Transporte Ricardo Jaime y Juan Pablo Schiavi, junto a directivos de TBA. En la segunda etapa, conocida como "Once 2", se analizó específicamente la responsabilidad de Julio de Vido como máximo jerarca del área de Planificación. La Justicia determinó que su inacción y falta de supervisión sobre los concesionarios resultaron funcionales a la maniobra de defraudación que vació los recursos que debían garantizar la seguridad del servicio.
TM