El Gobierno nacional dispuso un cambio relevante en el funcionamiento del Sistema Federal de Comunicaciones Policiales (SIFCOP), la base utilizada por fuerzas de seguridad de todo el país para consultar pedidos de captura, secuestros y otras medidas judiciales.
A través de la Resolución 438/2026 del Ministerio de Seguridad Nacional, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, se estableció que los pedidos de secuestro vehicular de origen administrativo o provenientes de fueros civiles y comerciales tendrán una vigencia registral de 36 meses cuando la autoridad judicial no haya fijado un plazo específico.
Ya está publicada la edición del 13/05/2026 del Boletín Oficial de la República Argentina. Podés visualizarla en https://t.co/eu8kOvi6fq
— Boletín Oficial R.A. (@boletin_oficial) May 13, 2026
La decisión alcanza especialmente a medidas cautelares vinculadas con ejecuciones prendarias, embargos, concursos preventivos, quiebras y cobros ejecutivos que, según reconoce la propia resolución, muchas veces permanecían activas en el sistema aun después de haber perdido actualidad o sin controles temporales efectivos.
En los fundamentos de la norma, el Ministerio sostuvo que distintas fuerzas policiales detectaron “inconsistencias” en las consultas al SIFCOP debido a la permanencia de medidas judiciales registradas como activas pese a encontrarse vencidas o sin renovación.
La cartera encabezada por Alejandra Monteoliva argumentó que la permanencia indefinida de pedidos de secuestro de naturaleza cautelar podía derivar en “retenciones injustificadas de vehículos”, además de generar desvío de recursos operativos y afectar principios de proporcionalidad y razonabilidad.
De acuerdo con el nuevo esquema, una vez cumplidos los tres años desde la anotación o última ratificación, la medida será dada de baja automáticamente del sistema federal salvo que el juez competente la renueve, ratifique o reitere expresamente.
La norma aclara que el nuevo límite temporal no se aplicará a pedidos de secuestro dictados en causas penales. En esos casos, las medidas continuarán vigentes en el SIFCOP hasta que exista un levantamiento judicial expreso.
El Ministerio remarcó además que la decisión no implica declarar la nulidad ni la caducidad de las cautelares originales, sino únicamente fijar un “criterio administrativo de vigencia registral” dentro del sistema federal de seguridad.