21/05/2026 - Edición Nº1199

Agro

CONGRESO

Delitos rurales: la letra chica del proyecto de ley que endurece las penas

21/05/2026 | Fue presentado por el diputado Martín Ardohain (PRO). Las nuevas figuras penales y los montos de pena.



El diputado nacional y presidente de la Comisión de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Cámara baja, Martín Ardohain, presentó un proyecto de ley para reformar el Código Penal y endurecer las penas vinculadas a delitos rurales, en una iniciativa que busca dar mayor protección a la propiedad privada y a la producción agroindustrial.

El texto cuenta con el respaldo de referentes del núcleo duro del PRO, como Cristian Ritondo y Alejandro Finocchiaro, además de legisladores aliados de provincias con fuerte peso agropecuario.

La propuesta incorpora nuevas figuras penales para castigar el ingreso no autorizado a establecimientos rurales, agrava las penas por daños a silobolsas, cultivos y equipamiento tecnológico, y suma un agravante para delitos instigados a través de redes sociales y plataformas digitales.

En los fundamentos, los autores sostienen que “el campo argentino está siendo afectado por modalidades delictivas que la ley hoy ignora o minimiza” y afirman que existe una “absoluta indefensión” de los productores frente a hechos que muchas veces terminan encuadrados como daños menores o simples contravenciones.

Como antecedente, a fines de 2025 Confederaciones Rurales Argentinas (CRA) había presentado ante legisladores nacionales un proyecto propio para modificar el Código Penal y tipificar delitos específicos contra la producción agropecuaria.

Aquella iniciativa impulsaba la figura de “Vandalismo Rural” mediante la incorporación del artículo 184 bis y contemplaba penas de entre dos y cinco años de prisión para quienes dañaran silobolsas, cultivos, ganado, forrajes o infraestructura vinculada a establecimientos rurales.

El campo pensado como hogar y no solo como lugar de producción

Uno de los puntos centrales del nuevo proyecto es la incorporación del artículo 150 bis, que crea la figura de “violación de domicilio rural”. La iniciativa busca penalizar el ingreso no autorizado a campos, establecimientos o dependencias rurales aun cuando no exista una vivienda urbana en el predio.

El texto establece que la sola presencia de alambrados, tranqueras o carteles de prohibición será suficiente para presumir que el ingreso era ilegítimo. La pena prevista va de un mes a un año de prisión.

Según los fundamentos, la reforma intenta resolver una “fragilidad jurídica histórica” porque hasta ahora las intrusiones rurales debían encuadrarse en figuras pensadas para “la intimidad del hogar analógico y urbano”.

Ardohain plantea que el establecimiento rural “no es un frío activo comercial”, sino el lugar donde productores, trabajadores y sus familias “desenvuelven su cotidianidad, pernoctan y ejercen su esfera más íntima de reserva”.

El diputado nacional Martín Ardohain 

El proyecto también pone el foco en el furtivismo y la caza clandestina. Allí sostiene que el ingreso ilegal a campos suele funcionar como “inteligencia delictiva previa”, destinada a relevar vulnerabilidades, estudiar movimientos del personal o planificar futuros ataques a la producción.

Desde esa lógica preventiva, el texto argumenta que tipificar la intrusión rural permitiría actuar antes de que se concrete un delito mayor y evitar que estas conductas queden reducidas “al difuso e ineficaz terreno de las contravenciones locales”.

Penas más duras por daños a silobolsas y equipamiento

El segundo eje de la reforma aparece en el nuevo artículo 184 bis, que crea la figura de “daño agravado” para hechos que afecten directamente la cadena productiva agropecuaria.

La escala penal propuesta va de dos a ocho años de prisión, más multas de entre tres y doce veces el valor del daño ocasionado. Además, la pena mínima se duplica si el autor es funcionario público o una persona vinculada habitualmente a la actividad agropecuaria.

La iniciativa alcanza a cereales almacenados, silobolsas, cultivos, ganado, forrajes, productos en transporte y también infraestructura rural como alambrados, corrales, tranqueras o reservas de agua

Uno de los aspectos novedosos es que incorpora explícitamente tecnología utilizada en la producción moderna: paneles solares, bombas sumergibles, generadores y sistemas de riego.

Para los autores, destruir esos equipos “no es un simple daño material”, sino un ataque capaz de provocar “la pérdida total de años de inversión y el colapso operativo del establecimiento”.

En los fundamentos, el proyecto remarca que el actual Código Penal quedó “completamente rezagado” frente a la transformación tecnológica del agro y sostiene que “la destrucción de un silobolsa o el daño a los cultivos no es un simple acto vandálico; es un ataque directo al esfuerzo de inversión y a la capacidad exportadora del país”.

Además, la redacción abandona criterios ligados a la intencionalidad económica y adopta un parámetro “físico y material”: si el daño afecta el stock, el ciclo productivo o la infraestructura, el agravante se configura automáticamente.

Redes sociales y coordinación de ataques

El tercer eje modifica el artículo 209 del Código Penal sobre instigación pública al delito. La propuesta agrava en un tercio la pena cuando la incitación se realice mediante redes sociales, plataformas digitales o medios masivos.

Según el texto, las redes permiten una “coordinación logística en tiempo real” para organizar ataques simultáneos mediante difusión de coordenadas GPS, mapas o información satelital.

Los fundamentos plantean que el agravante no responde únicamente al alcance masivo del mensaje, sino a una “mutación cualitativa del peligro” que producen las plataformas digitales.

En esa línea, comparan esta reforma con otras actualizaciones recientes del Código Penal vinculadas a ciberdelitos y estafas informáticas.

Debate político y tensiones jurídicas

El proyecto se inscribe en una agenda de endurecimiento penal impulsada por sectores vinculados al agro, especialmente luego de los reiterados episodios de rotura de silobolsas y vandalismo rural registrados en los últimos años.

Sin embargo, algunos puntos podrían generar discusión parlamentaria y jurídica. Entre ellos aparece la posible superposición del nuevo delito de intrusión rural con figuras generales ya existentes, como violación de domicilio o usurpación.

También se anticipa debate alrededor del agravante por instigación digital, dado que podría alcanzar convocatorias vinculadas a protestas, cortes de ruta o acciones sindicales relacionadas con el sector rural.

Aun así, los impulsores defienden la reforma como una actualización necesaria frente a nuevas modalidades delictivas. “No busca crear privilegios sectoriales, sino restablecer el imperio de la ley, la certeza jurídica y la protección del trabajo en el ámbito rural argentino”, concluyen los fundamentos del proyecto.