03/08/2026 - Edición Nº1273

Política

Congreso de la Nación

Ley Hojarasca de Milei aprobada en Diputados: qué implica el adiós a 70 leyes

20/05/2026 | El oficialismo y sus aliados dieron media sanción al proyecto que deroga normativas obsoletas y restrictivas.



La Cámara de Diputados de la Nación reabrió el recinto para dar inicio a un debate de hondo impacto en el ordenamiento jurídico de la República Argentina. El bloque oficialista de La Libertad Avanza articuló acuerdos políticos con las bancadas aliadas para avanzar con las reformas que el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado considera prioritarias para eliminar trabas burocráticas sobre la actividad privada.

La jornada parlamentaria transcurrió en medio de fuertes cruces reglamentarios y cuestionamientos por parte de los bloques de la oposición en torno a las prioridades de la gestión gubernamental. Sin embargo, la celeridad impuesta por las autoridades de la Cámara baja facilitó el avance del temario desregulador, postergando los pedidos de informes solicitados por los sectores críticos.

Congreso de la Nación Argentina, Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA).

La aprobación de la Ley Hojarasca implica la supresión masiva de controles históricos sobre la producción pública de medicamentos, el patrimonio cultural y el espacio de comercialización privada para imponer la doctrina del libre mercado, funcionando en paralelo como un escudo reglamentario que bloqueó de facto la citación obligatoria de Manuel Adorni al recinto.

La media sanción en el recinto y la votación de los bloques aliados

La Cámara de Diputados aprobó y giró al Senado el proyecto de ley de Derogación de Legislación Obsoleta, denominado Ley Hojarasca, que cosechó 138 votos afirmativos, 96 negativos y 9 abstenciones. La iniciativa, diseñada por el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, superó la votación en general y en particular tras recibir el respaldo unificado de los bloques de La Libertad Avanza, el PRO, la Unión Cívica Radical, el MID, Innovación Federal e Independencia.

Ley Hojarasca aprobada en la Cámara de Diputados de la Nación Argentina.

El diputado oficialista Alberto Benegas Lynch defendió el sentido desregulador del proyecto en su carácter de miembro informante de la comisión de Presupuesto y Hacienda. "Venimos a sacar al argentino de bien de este laberinto regulatorio", argumentó el legislador libertario, quien cuestionó que la política tradicional pretenda medir la calidad de un parlamento por la cantidad de normas que aprueba. Benegas Lynch sentenció que las regulaciones selectivas funcionaron históricamente como "barreras artificiales para cobrar el peaje de la política" en beneficio de estructuras corporativas.

Las leyes más importantes que elimina la Ley Hojarasca

El corazón del proyecto de ley con media sanción agrupa el total de las casi 70 normativas a eliminar dentro de seis categorías específicas que abarcan desde estatutos del siglo XIX hasta decretos de gobiernos de facto recientes. De acuerdo con los informes remitidos por el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado, la depuración del digesto legal extingue de forma definitiva las siguientes leyes consideradas las más importantes del listado oficial:

  • Ley N° 94 (1864): inhabilitaba por el término de diez años a cualquier autoridad o funcionario que ordenara azotar a una persona. Se deroga debido a que la pena de azotes se encuentra explícitamente prohibida por la Constitución Nacional y su vigencia es de un neto corte anacrónico.
  • Ley N° 14.034 (1951): imponía penas de prisión efectiva a aquellos ciudadanos argentinos que propiciaran o solicitaran sanciones políticas o de carácter económico contra el Estado nacional. El oficialismo dispuso su anulación al considerarla una norma de persecución ideológica contraria a las garantías individuales de la Carta Magna.
  • Ley N° 16.789 (1965): obligaba a todas las reparticiones y ministerios del Estado nacional a adquirir automóviles de fabricación exclusivamente nacional para el cumplimiento de sus funciones de transporte público. Se elimina por configurarse como una traba burocrática que impide la eficiencia económica y la libre competencia en las compras del Estado.
  • Ley N° 20.802 (1974): establecía la obligatoriedad del "carnet de mochilero" para todas aquellas personas que solicitaran la ayuda de terceros para desplazarse de forma turística por las rutas del país (viajar a dedo). El proyecto libertario la deroga debido a que esta herramienta habilitaba de forma discrecional la detención policial sin causa legítima, violando el derecho básico a la libre circulación por el territorio nacional.
  • Ley N° 22.964 (1983): facultaba a las autoridades sanitarias a disponer el aislamiento y la internación compulsiva de pacientes diagnosticados con lepra en centros de confinamiento estatales. La fundamentación técnica de Sturzenegger determinó su eliminación al calificarla como una medida estigmatizante "de corte netamente medieval".
  • Ley N° 27.171 (2015): obligaba a la Federación Colombófila Argentina a constatar la matrícula, año de nacimiento y pertenencia de las palomas mensajeras de carrera en el Registro Nacional de Potencial Colombófilo. Se deroga por representar una intromisión innecesaria del Estado sobre las actividades asociativas privadas.

Las concesiones de la letra chica 

La negociación llevada adelante en las comisiones de Asuntos Constitucionales y de Legislación General obligó al oficialismo a introducir modificaciones al texto original para asegurar el acompañamiento de las bancadas dialoguistas. A pedido de los bloques aliados, el proyecto final que se votó en el recinto excluyó de la poda a un conjunto de normas que resguardan el funcionamiento corporativo de los propios parlamentarios. La Libertad Avanza aceptó dar marcha atrás con el recorte al financiamiento público del Círculo de Legisladores de la Nación Argentina.

De igual manera, el texto de la media sanción preservó la vigencia plena de la Ley N° 20.959. Esta norma otorga a los diputados y senadores nacionales la credencial de libre circulación y libre estacionamiento en todo el territorio del país. También quedó fuera del hachazo desregulador la Ley N° 11.380, vinculada a las líneas de asistencia crediticia del Banco de la Nación Argentina para las cooperativas, cuya supresión original había despertado un fuerte rechazo de las economías regionales.

La polémica eliminación del marco de producción pública de medicamentos sociales

Una de las implicancias de fondo más discutidas de la Ley Hojarasca radica en la derogación expresa de la Ley N° 26.688, sancionada en el año 2011 durante la gestión de Cristina Kirchner. Dicha norma declaraba de interés nacional la investigación y la producción pública de medicamentos, vacunas y materias primas, conceptualizando a los fármacos como bienes sociales e insumos estratégicos del Estado.

El argumento del Ministerio de Desregulación para justificar su eliminación señala que la normativa carecía de consecuencias prácticas:

  • Sostuvo que la reglamentación del texto demoró tres años en concretarse y no impuso ninguna acción operativa concreta sobre el sector.
  • Caracterizó al estatuto de 2011 como una norma meramente declamativa que no modificó las estructuras de abastecimiento farmacéutico.
  • Afirmó que los laboratorios públicos existentes fueron estructurados por normativas provinciales y no por el financiamiento de la ley nacional.

Los bloques opositores rechazaron la medida advirtiendo que la supresión de la norma desmantela los instrumentos de protección social y encubre un proceso de privatización y desamparo de los laboratorios estatales.

El fin de la restricción al capital extranjero en los medios de comunicación

La media sanción de la ley ómnibus desreguladora avanza también sobre el esquema de propiedad de las empresas periodísticas al derogar la Ley N° 25.750, conocida históricamente en los ámbitos empresariales como la Ley de Preservación de Bienes Culturales. Esa legislación, sancionada en el año 2003, limitaba la participación de los capitales foráneos en los medios de comunicación escritos, radiales y televisivos del país.

La norma derogada establecía de manera taxativa que las empresas de comunicación debían mantenerse bajo control de capitales nacionales, imponiendo un techo estricto del 30% para las acciones con derecho a voto en manos de corporaciones extranjeras. Los fundamentos del proyecto de Sturzenegger catalogaron a esa restricción como un marco de "dudosa constitucionalidad" que afectaba el principio de igualdad ante la ley y actuaba como un freno para el ingreso de inversiones externas. El diputado de Unión por la Patria, Nicolás Trotta, cuestionó duramente este artículo en el recinto al señalar que, detrás de la simplificación burocrática, el oficialismo promueve un proceso de desnacionalización de los activos culturales de la Nación.

La derogación de la obligatoriedad edilicia para las salas teatrales demolidas

El paquete de supresiones legales alcanza de igual forma a la actividad escénica a partir de la anulación total de la Ley N° 14.800, una norma sancionada en el año 1959. Dicha legislación imponía una carga obligatoria de orden público para el sector inmobiliario, determinando que todo propietario que demoliera un edificio que contara con salas de teatro en su estructura estaba obligado a edificar en el nuevo proyecto un espacio teatral de similares características físicas.

La justificación volcada por las autoridades del Ministerio de Desregulación sostuvo que la obligatoriedad de la Ley N° 14.800 terminó generando el efecto opuesto al buscado por sus promotores originales. Según el texto oficial, la rigidez edilicia "reduce los incentivos a la instalación de nuevos teatros" debido a los costos asociados y provoca que numerosos inmuebles queden abandonados en los centros urbanos ante la imposibilidad de reconvertir las construcciones privados. Desde la perspectiva libertaria, la eliminación del control liberará la iniciativa de los desarrolladores inmobiliarios para dinamizar los perfiles de la arquitectura comercial.

La anulación del carnet de mochilero obligatorio de la época de Isabel Perón

El bloque de derogaciones de la propuesta libertaria sumó la eliminación de normativas de control social sancionadas durante las administraciones de la década de 1970. La Ley Hojarasca dio de baja la Ley N° 20.802 de 1974, un estatuto que establecía la obligatoriedad de tramitar un carnet de mochilero oficial para todas aquellas personas que pretendieran trasladarse con fines turísticos solicitando el auxilio de terceros para viajar por las rutas de la República.

El texto argumentativo del proyecto oficial apuntó contra la matriz autoritaria de este tipo de legislaciones rezagadas:

  • Remarcó que el carnet de mochilero funcionaba como una herramienta de persecución estatal que violaba de forma directa el derecho constitucional a la libre circulación.
  • Advirtió que la vigencia del documento habilitaba a las agencias policiales a realizar detenciones preventivas de ciudadanos sin mediar una causa judicial justificada.

La diputada del Frente de Izquierda, Myriam Bregman, cuestionó la centralidad otorgada a este debate en el recinto y caracterizó la discusión de estas normas como una maniobra distractiva. El bloque de izquierda argumentó que el oficialismo utiliza la anécdota de leyes muertas para no abordar la crisis salarial ni el impacto del inminente aumento de tarifas en las Zonas Frías.

La supresión de los controles de la dictadura sobre el aislamiento de enfermos

El digesto jurídico depurado por la media sanción en la Cámara de Diputados incluye de igual forma normativas dictadas por los gobiernos de facto que afectaban las libertades individuales básicas. El pliego unificado derogó la Ley N° 22.109, un estatuto de policía sanitaria sancionado en el año 1979 durante la dictadura militar que facultaba de forma discrecional al Poder Ejecutivo Nacional a ordenar el aislamiento compulsivo y el encierro de personas bajo sospecha de contagio de viruela.

De igual manera, el proyecto dio de baja la Ley N° 22.964 de 1983, que autorizaba a las instituciones de salud del Estado a disponer la internación obligatoria y el confinamiento de pacientes afectados por la lepra. El informe del Ministerio de Desregulación justificó la anulación de estos marcos normativos explicando que resultaban herramientas de "corte netamente medieval" que estigmatizaban las patologías médicas y vulneraban los derechos individuales fundamentales. La Secretaría de Transformación del Estado precisó que el país ya cuenta con legislaciones de vacunación integral modernas que resuelven los esquemas epidemiológicos sin apelar a la coerción física sobre la población.

La vigencia de las autorizaciones de la televisión a color de la época de Videla

El compendio desregulador eliminó un conjunto de leyes vinculadas al control cultural y de los medios de comunicación instrumentados a finales de la década de 1970. El pliego de Diputados derogó la Ley N° 21.895 de 1978, una normativa firmada por la dictadura de Jorge Rafael Videla que otorgaba la autorización legal específica para la realización de emisiones estables de televisión con tecnología a color.

El texto del proyecto consideró que el mantenimiento de estas leyes en el cuerpo normativo nacional generaba inseguridad jurídica y burocracia innecesaria frente al desarrollo digital moderno. En la misma sintonía, la Ley Hojarasca suprimió la Ley N° 19.787, un estatuto del año 1972 firmado por el dictador Alejandro Agustín Lanusse que declaraba de interés nacional la obligatoriedad de difundir "música argentina" en las frecuencias radiales y concedía exenciones impositivas dirigidas. Los fundamentos de Sturzenegger criticaron la vigencia de estos mecanismos al tipificarlos como "motivaciones de control sobre la cultura por parte de un gobierno militar" incompatibles con los principios de la libertad de expresión.

La ley del siglo XIX que inhabilitaba a las autoridades por aplicar azotes

El punto más antiguo de la depuración legislativa ratificada por las bancadas oficialistas y aliadas corresponde a la supresión de la Ley N° 94, sancionada de forma original en el año 1864. Aquella norma determinaba una inhabilitación especial por el término de diez años para cualquier funcionario o autoridad civil que aplicara o hiciera aplicar castigos corporales de azotes a un ciudadano.

El oficialismo justificó la eliminación de esta norma de mediados del siglo XIX basándose en criterios de redundancia normativa constitucional:

  • Precisó que la inhabilitación del estatuto de 1864 quedó completamente superada por la reforma constitucional y las leyes penales modernas.
  • Recordó que la pena de azotes se encuentra explícitamente abolida en el territorio argentino por la Constitución Nacional, convirtiendo a la Ley N° 94 en una pieza de carácter "anacrónico".

El diputado libertario Nicolás Mayoraz remarcó que resulta ridículo sostener estas hojas secas dentro del ordenamiento porque solo generan confusión técnica. La bancada oficialista concluyó que el objetivo cultural de la reforma es desterrar la mentalidad del control total del Estado sobre las autonomías de las personas.

El reloj de Martín Menem para congelar la interpelación a Manuel Adorni

El inicio formal de la sesión a las 10:23 constituyó una maniobra de bloqueo reglamentario coordinada por el presidente de la Cámara de Diputados, Martín Menem. El oficialismo fijó el horario de convocatoria de su propio temario una hora antes de la sesión especial que los bloques de la oposición habían solicitado para las 11:00. Al conseguir sentar a 129 legisladores en sus bancas, el menemismo activó el debate de la Ley Hojarasca e impidió que prosperara la segunda citación del cuerpo.

La oposición pretendía utilizar la sesión de las 11:00 para avanzar con cuatro pedidos de interpelación y una moción de censura contra el jefe de Gabinete, Manuel Adorni. Las bancadas críticas buscaban obligar al funcionario a brindar explicaciones verbales sobre la investigación judicial en su contra por presunto enriquecimiento ilícito y el retraso en la presentación de su declaración jurada patrimonial. El jefe del bloque peronista, Germán Martínez, denunció la jugada como un acto de "mala fe parlamentaria", pero Menem desestimó los planteos argumentando que no existen antecedentes de que una sesión especial interrumpa a otra que ya se encuentra en curso.

El canje energético de Diego Santilli con los gobernadores por el quórum de 129

La obtención del quórum reglamentario de 129 diputados a las 10:22 demandó una intensa mesa de negociación coordinada de forma directa por el ministro del Interior, Diego Santilli, con un bloque clave de gobernadores de las provincias del norte del país. La Casa Rosada necesitó asegurar el desembarco en sus bancas de los diputados que responden a Osvaldo Jaldo, Raúl Jalil y Hugo Passalacqua para abrir el recinto y blindar a Adorni.

El pacto articulado por el Ministerio del Interior consistió en un canje técnico extraparlamentario: el Gobierno nacional se comprometió a instrumentar de forma inminente, mediante resoluciones de la Secretaría de Energía, un esquema de beneficios impositivos y subsidios sobre las tarifas de electricidad durante los meses de verano para usuarios de Salta, Jujuy, Misiones, Tucumán, Catamarca y Santa Fe. A cambio de ese premio para las "provincias cálidas", los mandatarios provinciales facilitaron las firmas de sus legisladores para avanzar con el temario oficialista, desoyendo la rebelión del gobernador de Córdoba, Martín Llaryora, quien ordenó el rechazo total del bloque cordobés al advertir que el inminente recorte de los subsidios al gas en las Zonas Frías desprotegerá a 688.000 familias de la clase media de su provincia.

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