22/05/2026 - Edición Nº1200

Política

Prohibición

Jueces y empleados judiciales de Chubut, bajo nuevas restricciones

22/05/2026 | El Superior Tribunal provincial aprobó un nuevo régimen de incompatibilidades. No pueden hacer política, pero pueden ejercer la docencia.



El Superior Tribunal de Justicia de Chubut aprobó una acordada que endurece el régimen de incompatibilidades para todos los integrantes del Poder Judicial provincial y prohibió expresamente la realización de actividades políticas y propaganda electoral por parte de sus agentes.

La medida alcanza a jueces, funcionarios y empleados judiciales, y establece una serie de restricciones vinculadas al ejercicio de actividades externas que, según argumentó el tribunal, podrían afectar la independencia, imparcialidad y dedicación exclusiva requeridas para el servicio de justicia.

Entre las prohibiciones absolutas figura la imposibilidad de “realizar actos de propaganda electoral o política de cualquier naturaleza”, una cláusula que pone el foco en la neutralidad institucional del Poder Judicial y limita la participación pública de sus integrantes en actividades partidarias.

La acordada también prohíbe ejercer profesiones liberales, desarrollar actividades comerciales o lucrativas, practicar deportes de manera profesional y percibir beneficios jubilatorios nacionales, provinciales o municipales mientras se desempeñen dentro del sistema judicial. Según explicó el tribunal, la decisión se basa en el principio de “dedicación funcional”, que exige disponibilidad horaria plena y prioritaria para el ejercicio de las tareas judiciales.

El objetivo: reforzar la imparcialidad judicial

En los fundamentos de la resolución, el Tribunal sostuvo que las nuevas restricciones buscan prevenir conflictos de intereses y preservar la autonomía e independencia del Poder Judicial frente a influencias externas. La acordada remarca que la relación entre el Estado judicial y sus agentes implica un régimen especial de sujeción funcional que habilita la imposición de límites más estrictos que los aplicables al resto de los trabajadores públicos.

Además de la prohibición de actividades políticas, la norma establece que los agentes judiciales no podrán gestionar causas, intervenir en trámites que impliquen preferencias indebidas ni participar en situaciones donde existan conflictos de interés. En paralelo, también se regularon las excepciones para determinadas actividades externas. Por ejemplo, se permitirá el ejercicio de la docencia siempre que no exista superposición horaria y se presente una declaración jurada de cargos.

Plazos y controles para adecuarse a la nueva norma

La acordada fijó un plazo de 60 días para que quienes actualmente desarrollen actividades incompatibles cesen esas funciones o regularicen su situación. En tanto, aquellos que necesiten autorización para actividades exceptuadas deberán solicitarlas ante la Presidencia del Superior Tribunal.

La resolución también establece que cualquier excepción adicional deberá contar con aprobación expresa del pleno del tribunal y no podrá contradecir normas constitucionales ni legales vigentes.