En un contexto marcado por la discusión sobre el futuro de la Ley de Promoción de la Alimentación Saludable, conocida popularmente como Ley de Etiquetado Frontal, un grupo de diputados nacionales de Unión por la Patria presentó un proyecto para ampliar las regulaciones vigentes y limitar la exhibición de productos considerados poco saludables en las zonas de cobro de supermercados, hipermercados y farmacias con modalidad de autoservicio.
La iniciativa fue impulsada por los legisladores Juan Carlos Molina, Sabrina Selva, Lorena Pokoik, Nancy Sand, Claudia Palladino, Ariel Rauschenberger, Cecilia Moreau y Paula Penacca, y se conoce mientras el oficialismo nacional promueven la derogación de la normativa sancionada en 2021.
La Ley 27.642 de Promoción de la Alimentación Saludable fue aprobada por el Congreso en octubre de 2021 con el objetivo de brindar información clara a los consumidores sobre la composición nutricional de los alimentos y bebidas industrializados.
La norma obliga a que los productos envasados que superen determinados niveles de azúcares, sodio, grasas saturadas, grasas totales o calorías exhiban en el frente de sus envases octógonos negros con leyendas de advertencia como "Exceso en azúcares" o "Exceso en sodio".
Además, establece restricciones a la publicidad dirigida a niños y limita el uso de personajes infantiles, dibujos animados, celebridades, promociones o regalos en productos que contengan sellos de advertencia.
La legislación fue impulsada como una herramienta de salud pública para combatir enfermedades asociadas a la mala alimentación, como la obesidad, la diabetes y las enfermedades cardiovasculares.
En los últimos días, el debate sobre la continuidad de la ley volvió a instalarse en la agenda política luego de que distintos sectores vinculados al Gobierno nacional expresaran cuestionamientos a la regulación. El proyecto para la derogación del marco actual ya ingresó al Senado.
En ese escenario se inscribe el nuevo proyecto presentado por diputados de Unión por la Patria, que propone profundizar algunos de los objetivos de la ley vigente.
La iniciativa propone sumar un artículo 10 bis a la Ley 27.642 para prohibir la exhibición, promoción, publicidad, oferta o entrega gratuita de determinados productos en las líneas de caja, zonas de espera y áreas de cobro de supermercados, hipermercados y farmacias con autoservicio.
La restricción alcanzaría a:
Según el proyecto, estos productos solo podrían exhibirse en góndolas o sectores específicos ubicados a una distancia mínima de tres metros de las cajas.
Asimismo, se prohibiría la entrega gratuita de muestras, promociones o regalos vinculados a estos productos cuando tengan como finalidad incentivar su consumo.

Los autores del proyecto sostienen que la ubicación estratégica de golosinas, bebidas azucaradas y otros productos ultraprocesados en las líneas de caja constituye una técnica comercial destinada a estimular compras no planificadas.
En los fundamentos citan estudios de economía del comportamiento que muestran que la exposición a estos productos durante los tiempos de espera incrementa significativamente la probabilidad de compra impulsiva.
Según los legisladores, esta situación resulta especialmente relevante cuando los consumidores realizan compras acompañados por niños, quienes son más susceptibles a los estímulos visuales y comerciales presentes en esos espacios.
Por ese motivo, consideran que la regulación propuesta complementa los objetivos de la ley vigente sin prohibir la comercialización de ningún producto.

La iniciativa también se apoya en indicadores sanitarios que muestran altos niveles de sobrepeso y obesidad en la población argentina.
Los fundamentos señalan que más de la mitad de los adultos presenta exceso de peso y que la problemática también afecta a una proporción significativa de niños y adolescentes.
Asimismo, advierten sobre el elevado consumo de bebidas azucaradas y productos ultraprocesados, una tendencia que, según sostienen, contribuye al aumento de enfermedades crónicas no transmisibles como la diabetes, la hipertensión y diversas patologías cardiovasculares.
El proyecto establece que la autoridad de aplicación será definida por el Poder Ejecutivo Nacional y tendrá a su cargo la fiscalización y reglamentación de la norma.
Además, prevé que las sanciones por incumplimiento se rijan por el mismo régimen ya contemplado en la Ley de Etiquetado Frontal.
En caso de aprobarse, los comercios alcanzados tendrían un plazo de 90 días desde la reglamentación para adecuar la ubicación de los productos y cumplir con las nuevas exigencias.
La presentación del proyecto suma un nuevo capítulo a la discusión sobre las políticas alimentarias en Argentina. Mientras algunos sectores impulsan cambios o incluso la derogación de la Ley de Etiquetado Frontal, la propuesta de Unión por la Patria avanza en sentido contrario y plantea profundizar las restricciones sobre la promoción de productos considerados no saludables.
El debate promete volver a ocupar un lugar central en el Congreso, donde se enfrentan distintas visiones sobre el rol del Estado en la promoción de hábitos alimentarios saludables y en la regulación de las estrategias comerciales utilizadas por la industria alimenticia.