01/06/2026 - Edición Nº1210

Política

Reformal laboral

Es oficial la letra chica del blanqueo laboral: las 2 opciones para empresas

01/06/2026 | La reglamentación establece fuertes condonaciones de deuda, la eliminación de sanciones y beneficios previsionales para los trabajadores alcanzados.



El Gobierno nacional reglamentó este lunes el Régimen de Promoción del Empleo Registrado (PER), uno de los capítulos de la Ley de Modernización Laboral, y definió los beneficios concretos que tendrán los empleadores que decidan blanquear trabajadores no registrados o deficientemente registrados.

La medida fue oficializada mediante el Decreto 409/2026, publicado en el Boletín Oficial con las firmas del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Manuel Adorni, y el ministro de Economía, Luis Caputo.

La reglamentación establece fuertes condonaciones de deuda, la eliminación de sanciones, la posibilidad de acceder a planes de pago y beneficios previsionales para los trabajadores alcanzados. El objetivo oficial es incentivar la registración de empleo informal y facilitar la incorporación de trabajadores al sistema formal.

Qué es el Régimen de Promoción del Empleo Registrado

El PER fue creado por el Título XXII de la Ley 27.802 de Modernización Laboral y permite que los empleadores regularicen relaciones laborales vigentes del sector privado que se encuentren total o parcialmente fuera de la registración formal.

La norma alcanza tanto a trabajadores completamente no registrados como a aquellos cuyos empleadores hayan declarado de manera incorrecta aspectos de la relación laboral, como la fecha real de ingreso o el salario efectivamente percibido.

La ley había establecido los lineamientos generales del régimen, pero quedaban pendientes las definiciones concretas sobre los porcentajes de condonación de deuda, los beneficios para los empleadores y las condiciones de adhesión. Esos aspectos quedaron ahora definidos por el decreto reglamentario.

Qué beneficios tendrán las empresas que adhieran

La reglamentación confirma tres grandes beneficios para los empleadores que ingresen al régimen.

En primer lugar, podrán acceder a la extinción de la acción penal por delitos vinculados a obligaciones de la seguridad social incluidas en la regularización, siempre que no exista una sentencia firme al momento de adherir.

Además, se condonarán infracciones, multas y sanciones relacionadas con la falta de registración laboral o el incumplimiento de obligaciones previsionales comprendidas en el programa.

Por otra parte, las empresas podrán ser dadas de baja del Registro de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL) respecto de infracciones cometidas o constatadas hasta el 6 de marzo de 2026, siempre que regularicen la totalidad de los trabajadores involucrados y cumplan con las obligaciones exigidas.

Condonación de deudas

Uno de los principales incentivos del régimen es la condonación de las deudas por aportes y contribuciones adeudadas a la seguridad social.

El decreto fija distintos porcentajes según el tamaño de la empresa:

  • Micro y pequeñas empresas: tendrán una condonación del 90% de la deuda.
  • Medianas empresas: las empresas medianas, tanto tramo 1 como tramo 2, accederán a una condonación del 80%.
  • Grandes empresas: los demás empleadores podrán obtener una condonación del 70%.

Para acceder a los beneficios diferenciados, las micro, pequeñas y medianas empresas deberán contar con el Certificado MiPyME vigente al momento de adherirse al régimen.

Qué conceptos tendrán perdón total

La reglamentación también establece una condonación del 100% para determinadas obligaciones.

Quedarán totalmente perdonadas las deudas originadas por:

  • Aportes y contribuciones al Sistema Nacional del Seguro de Salud.
  • Cuotas destinadas al sistema de Riesgos del Trabajo (ART).
  • Cuotas correspondientes al Seguro Colectivo de Vida Obligatorio.

En cambio, quedan excluidas las deudas derivadas de regímenes previsionales diferenciales o especiales que contemplen alícuotas adicionales.

Pago al contado o plan de facilidades

Para conservar los beneficios del régimen, los empleadores deberán cancelar la porción de deuda que no resulte condonada.

El decreto prevé dos alternativas. La primera es el pago al contado. En ese caso, la deuda remanente de capital e intereses tendrá una reducción adicional del 50%. La segunda opción consiste en adherir a un plan de facilidades de pago que deberá instrumentar la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).

La Ley de Modernización Laboral establece que esos planes podrán contemplar hasta 72 cuotas, una tasa máxima del 12% anual y anticipos de hasta el 5% de la deuda regularizada.

Qué beneficios recibirán los trabajadores regularizados

La reglamentación también precisa los efectos que tendrá la regularización para los trabajadores.

Los períodos incluidos en el blanqueo serán reconocidos como tiempo de servicio para distintos beneficios de la seguridad social.

Entre ellos:

  • Completar los años de aportes necesarios para acceder a la jubilación básica.
  • Obtener prestaciones por invalidez.
  • Acceder a pensiones por fallecimiento.
  • Cumplir los requisitos para cobrar el seguro de desempleo.

La ley establece que podrán computarse hasta 60 meses de servicios regularizados, o una cantidad menor si ese fuera el período efectivamente blanqueado.

Para calcular determinadas prestaciones, se tomará como referencia el Salario Mínimo Vital y Móvil vigente al momento de la adhesión, salvo que exista una remuneración declarada superior.

Relacionadas
Más Noticias