02/06/2026 - Edición Nº1211

Política

Legislatura

Multas y sillita: el proyecto en PBA que afectaría a familias y conductores

02/06/2026 | Los niños deberían viajar obligatoriamente en el asiento trasero y utilizar una silla o dispositivo de seguridad homologado acorde a su edad, peso y tamaño.



El diputado bonaerense Ricardo Lissalde presentó un proyecto de ley para establecer de manera expresa la obligatoriedad del uso de Sistemas de Retención Infantil (SRI) en vehículos particulares cuando transporten niños menores de 10 años o de menos de 1,50 metro de altura.

La iniciativa apunta a reforzar la protección de los menores durante los traslados en automóviles particulares y busca transformar en una política pública permanente una práctica que organismos internacionales consideran fundamental para reducir las muertes y lesiones graves en siniestros viales.

Según el texto presentado, los niños deberán viajar obligatoriamente en el asiento trasero y utilizar una silla o dispositivo de seguridad homologado acorde a su edad, peso y tamaño.

Qué establece el proyecto

La propuesta determina que todo niño o niña menor de 10 años o con una altura inferior a 1,50 metro deberá viajar en la parte trasera del vehículo utilizando un Sistema de Retención Infantil adecuado.

Además, fija criterios mínimos que deberán respetarse en la reglamentación:

  • Los bebés de hasta 15 meses y 13 kilos deberán viajar en una sillita orientada hacia atrás.
  • Los mayores de 15 meses y con más de 13 kilos podrán viajar en dispositivos orientados hacia adelante.

Los niños de mayor tamaño podrán utilizar el cinturón de seguridad siempre que se adapte correctamente su posición mediante elevadores o almohadones especiales.

La autoridad de aplicación será definida posteriormente por el Poder Ejecutivo provincial.

Multas para quienes incumplan la norma

Uno de los puntos centrales del proyecto es la incorporación de sanciones para quienes no respeten las medidas de seguridad.

La iniciativa establece que los conductores que transporten menores de 10 años o de menos de 1,50 metro de altura en el asiento delantero o sin el correspondiente sistema de retención infantil podrán ser sancionados con multas, cuyo monto será fijado por vía reglamentaria.

Asimismo, se invita a los municipios bonaerenses a adherir a la futura norma para ampliar su alcance territorial.

Ricardo Lissalde, autor de la iniciativa

La preocupación por las muertes infantiles en el tránsito

En los fundamentos, Lissalde sostiene que el uso de sistemas de retención infantil constituye una de las herramientas más eficaces para prevenir lesiones y muertes de niños en accidentes de tránsito.

El legislador cita informes de organismos internacionales que señalan que las sillas infantiles correctamente utilizadas pueden reducir entre un 50% y un 80% las lesiones graves y mortales.

Según datos de la Organización Mundial de la Salud (OMS) incorporados al proyecto, los dispositivos de protección reducen la probabilidad de muerte en un accidente vial en aproximadamente un 70% entre los lactantes y entre un 54% y un 80% entre los niños pequeños.

La OMS también advierte que cada año mueren en el mundo más de 186.000 niños en siniestros de tránsito, lo que equivale a más de 500 víctimas infantiles por día.

El vacío legal que busca cubrir la iniciativa

Lissalde argumenta que la legislación nacional vigente establece que los menores de diez años deben viajar en los asientos traseros, pero considera necesario avanzar un paso más y consagrar por ley provincial la obligatoriedad del uso de Sistemas de Retención Infantil.

La iniciativa recuerda que la Ley Nacional de Tránsito N.º 24.449 considera una falta grave transportar menores de diez años fuera de los asientos traseros, mientras que el uso obligatorio de las sillas infantiles fue incorporado posteriormente mediante normas reglamentarias.

Para el diputado, resulta conveniente que esta exigencia tenga rango legal y no dependa exclusivamente de decretos o regulaciones administrativas que puedan modificarse con los cambios de gobierno.

"Entendemos que esta propuesta debe tener forma de ley para que sea parte de una política de Estado y que no dependa solo de lo que establezca el Poder Ejecutivo", sostiene el texto.

Antecedentes en otras provincias y en el mundo

La iniciativa también destaca que numerosas jurisdicciones ya avanzaron en regulaciones similares.

Entre los ejemplos citados aparecen la provincia de Córdoba, donde la legislación vial contempla restricciones específicas para el traslado de menores, y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que desde 2015 exige el uso de sistemas de retención infantil para pasajeros menores de 12 años o de menos de 1,50 metro de altura.

A nivel internacional, el proyecto señala que en Europa la utilización obligatoria de Sistemas de Retención Infantil en los asientos traseros rige desde 1993, mientras que en Estados Unidos existen regulaciones de este tipo desde mediados de la década de 1980.

Campañas de concientización para cambiar hábitos

Además de las exigencias y sanciones, la propuesta contempla el desarrollo de campañas educativas, informativas y de sensibilización dirigidas a la población.

El objetivo será promover el uso correcto de las sillas infantiles, informar sobre los riesgos de trasladar niños sin protección adecuada y concientizar sobre la importancia de que viajen en los asientos traseros.

Lissalde remarca que la experiencia internacional demuestra que las leyes son más efectivas cuando están acompañadas por acciones de difusión y educación pública.

La OMS coincide con ese criterio y sostiene que para lograr altos niveles de utilización de estos dispositivos no basta con imponer la obligación legal, sino que también resulta necesario informar a las familias sobre su correcta instalación y uso.

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