La Justicia Federal le puso un freno al desguace impulsado por el Gobierno nacional en el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA) y suspendió la ejecución de la resolución que disponía el cierre de la Estación Experimental Agropecuaria Área Metropolitana de Buenos Aires (EEA AMBA), una de las medidas más cuestionadas dentro del proceso de ajuste que atraviesa el organismo.
La decisión fue adoptada por el Juzgado Federal de San Martín N°2, que hizo lugar parcialmente a una medida cautelar presentada por la Asociación Trabajadores del Estado (ATE), APINTA, organizaciones de la agricultura familiar y entidades vinculadas al sector.
En una resolución de 14 páginas, el juez subrogante Elpidio Portocarrero Tezanos Pinto ordenó a las autoridades del INTA abstenerse de ejecutar cualquier acción destinada a concretar el cierre de la experimental y de sus agencias dependientes mientras se tramita la causa principal.
El fallo representa un revés para la conducción del organismo y para el Gobierno de Javier Milei, que desde hace meses impulsa un profundo proceso de reestructuración del INTA.
Entre otras medidas, la administración nacional promovió el cierre de agencias, la reducción de estructuras, la venta de activos - incluido el edificio central de calle Cerviño- y un programa de retiros voluntarios con el que busca reducir en alrededor de un 20% la planta de personal, lo que implicaría cerca de mil desvinculaciones.
La resolución judicial suspende por el lapso de seis meses una amplia serie de medidas derivadas del cierre de la EEA AMBA.
La Justicia suspendió por seis meses el cierre de la EEA AMBA del INTA Entre ellas figuran el cierre de las agencias dependientes, los movimientos de personal, los pases a disponibilidad, las desvinculaciones, los traslados de equipamiento, la reasignación de edificios, la venta o subasta de inmuebles y cualquier interrupción de programas de investigación, capacitación o asistencia técnica.
Al analizar el planteo de los demandantes, el magistrado consideró acreditada de manera preliminar la existencia de derechos que podrían verse afectados por la medida adoptada por el organismo.
En ese sentido, sostuvo que “se evidencia prima facie la vulneración de derechos y garantías laborales vigentes” y remarcó que tanto la Constitución Nacional como los convenios de la Organización Internacional del Trabajo impiden al Estado modificar de manera unilateral condiciones laborales protegidas por acuerdos colectivos.
El fallo también pone el foco en la estabilidad laboral de los trabajadores del organismo. Según señaló el juez, “toda disposición administrativa que altere o desnaturalice tal garantía convencional que rige esta actividad constituye una afectación directa al principio de irrenunciabilidad de derechos”.
Además, entendió que la ejecución inmediata de la resolución podría ocasionar daños de difícil reparación posterior, entre ellos la desarticulación de equipos técnicos especializados, la interrupción de investigaciones en curso, la pérdida de redes institucionales construidas durante años y la afectación de productores y organizaciones que reciben asistencia del organismo.
Uno de los aspectos más relevantes de la resolución es que el magistrado rechazó el argumento habitual de que la suspensión judicial de una medida administrativa afecta automáticamente el interés público.
Por el contrario, sostuvo que el interés público también comprende la preservación de actividades científicas y tecnológicas desarrolladas por el Estado, la asistencia a productores, la agricultura familiar y el respeto de derechos constitucionales.
“El interés público no se identifica necesariamente con la inmediata ejecutoriedad de los actos administrativos, sino también con la preservación de la legalidad, el respeto de la Constitución Nacional y la tutela judicial efectiva de los derechos fundamentales”, afirmó.
En esa línea, agregó que mantener el estado actual de situación mientras se debate la legalidad de la resolución “aparece como un mecanismo idóneo” para resguardar ese interés público.
La cautelar tendrá una vigencia de seis meses desde su notificación, aunque el juez aclaró expresamente que todavía no resolvió la cuestión de fondo: la legalidad o nulidad de la Resolución 27/2026 mediante la cual el INTA dispuso el cierre de la Experimental AMBA.
Esa discusión continuará durante el trámite principal de la causa, donde deberán analizarse con mayor profundidad los argumentos de las partes y la prueba correspondiente.
Tras conocerse la decisión, el secretario general de ATE Nacional, Rodolfo Aguiar, celebró el fallo y sostuvo que se trata de “un nuevo fallo judicial en favor de ATE que frena los despidos y recortes en el INTA”. Además, lanzó una dura advertencia al Gobierno: “Sigan haciéndose los vivos y actuando al margen de la ley, que nosotros los vamos a seguir confrontando en todos los planos y ustedes se van a ir esposados por la puerta de atrás de la Rosada”.
ÚLTIMO MOMENTO!!
— Rodolfo Aguiar (@rodoaguiar) June 2, 2026
NUEVO FALLO HISTÓRICO EN FAVOR DE ATE CONTRA EL GOBIERNO!!
AHORA LA JUSTICIA ORDENA EL CESE DE LOS DESPIDOS Y RECORTES EN EL INTA!!
Otra vez la Justicia nos vuelve a dar la razón y deja en manifiesto la ilegalidad con la que actúa este Gobierno, suspendiendo la… pic.twitter.com/8U9W3n0uaF
La resolución judicial llega en medio de una creciente conflictividad dentro del organismo y reabre la discusión sobre el alcance del ajuste impulsado por el Gobierno en uno de los principales institutos públicos de investigación y extensión agropecuaria del país.