El Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 12 declaró como proceso colectivo la demanda presentada contra la resolución del Ministerio de Capital Humano que eliminó el subsidio excepcional Aunar Familias, una ayuda económica creada para acompañar a quienes asumían el cuidado transitorio de chicos separados de sus hogares por medidas de protección.
La decisión judicial no resuelve todavía el fondo de la controversia, pero sí le otorga una dimensión política y jurídica mucho mayor al conflicto. A partir de ahora, el expediente deja de involucrar casos aislados y pasa a representar a todo un universo de niños, niñas y adolescentes potencialmente afectados por la supresión del programa.
Cada niño y adolescente tiene derecho a crecer en entornos libres de violencia y con oportunidades que favorezcan su desarrollo integral.
— Ministerio de Capital Humano (@MinCapHum_Ar) June 4, 2026
En el Día Internacional de los Niños Víctimas Inocentes de Agresión, reafirmamos la importancia de protegerlos frente a toda forma de… pic.twitter.com/QMUHpJRKOO
La acción fue impulsada por la Defensoría de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, que sostiene que la eliminación del beneficio contradice los principios de la Ley 26.061 y pone en riesgo el sistema de cuidados familiares que busca evitar la institucionalización de menores.
Según la presentación, más de 15 mil chicos podrían verse alcanzados por las consecuencias de la medida adoptada por la cartera nacional. El argumento es que, sin apoyo económico, muchas familias extensas o referentes comunitarios encuentran mayores dificultades para asumir el cuidado de niños que atraviesan situaciones críticas.

Del otro lado, la postura oficial sostiene que Aunar Familias funcionaba sin objetivos claramente definidos, carecía de indicadores que permitieran medir resultados y presentaba debilidades en los mecanismos de control y seguimiento. La discusión refleja una de las tensiones permanentes de la gestión libertaria: reducir programas estatales frente a las advertencias de organismos especializados sobre el impacto que esos recortes pueden tener en sectores particularmente vulnerables.
En su resolución, la jueza Macarena Marra Giménez tomó como referencia la doctrina fijada por la Corte Suprema en los precedentes "Halabi" y "PADEC" para concluir que existe una afectación común sobre un colectivo identificable. También consideró que la Defensoría posee legitimación suficiente para actuar en representación de esos intereses.
La magistrada ordenó además la inscripción del expediente en el Registro Público de Procesos Colectivos y dispuso la difusión de la decisión. Mientras tanto, el programa permanece discontinuado, salvo para quienes ya habían ingresado al sistema y continúan protegidos por medidas judiciales previas. La cuestión de fondo —si la eliminación del subsidio fue legal o no— quedará para la sentencia definitiva.