11/06/2026 - Edición Nº1220

Política

Congreso

Eutanasia y otro proyecto en Diputados: los 7 requisitos personales y médicos

11/06/2026 | "El Estado no debe imponer heroísmo. No debe administrar sufrimiento", señala el proyecto de Sergio Capozzi.



El diputado nacional de Provincias Unidas, Sergio Capozzi, presentó un proyecto de ley para regular la eutanasia y el suicidio médicamente asistido en Argentina, una iniciativa que profundiza uno de los debates bioéticos y jurídicos más sensibles de los últimos años: el derecho de las personas a decidir sobre el final de su vida en situaciones de sufrimiento irreversible.

La propuesta busca establecer un marco legal para que pacientes adultos, plenamente conscientes y afectados por enfermedades graves e incurables puedan solicitar asistencia médica para poner fin a su vida bajo estrictos controles y requisitos.

Qué establece el proyecto de Sergio Capozzi

La iniciativa plantea reconocer el derecho de toda persona mayor de edad, con plena capacidad para tomar decisiones y que padezca una enfermedad irreversible o un sufrimiento considerado intolerable, a solicitar voluntariamente la eutanasia o el suicidio asistido.

El texto establece que la decisión deberá ser libre, informada y reiterada, y que el procedimiento solo podrá realizarse luego de una serie de evaluaciones médicas y psicológicas destinadas a garantizar que no existan presiones externas ni alteraciones que afecten la voluntad del paciente.

El proyecto también contempla la posibilidad de dejar instrucciones anticipadas para aquellos casos en los que una persona pierda posteriormente la capacidad de expresar su voluntad.

Cuáles son las diferencias entre eutanasia y suicidio asistido

La propuesta distingue dos modalidades. Por un lado, la eutanasia consiste en que un profesional de la salud administre directamente la sustancia que produce la muerte del paciente.

Por otro, el suicidio médicamente asistido implica que sea el propio paciente quien se administre la medicación prescrita por un médico, con supervisión profesional.

En ambos casos, el procedimiento estaría reservado para situaciones excepcionales y bajo un estricto protocolo sanitario.

Sergio Capozzi, autor de la iniciativa

Requisitos y controles previstos

Entre las condiciones establecidas por el proyecto figuran:

  • Ser mayor de dieciocho (18) años.
  • Ser argentina nativa, por opción o naturalizada, o extranjera con residencia legal y continua en el país por un plazo no inferior a un (1) año.
  • Tener plena capacidad legal y aptitud para manifestar una voluntad libre, actual, consciente e informada al momento de formular la solicitud, salvo lo previsto para las directivas anticipadas.
  • Padecer una enfermedad grave e incurable o un padecimiento grave, crónico e imposibilitante, en los términos de la presente ley.
  • Experimentar sufrimientos físicos o psíquicos constantes e intolerables, derivados directamente de dicha enfermedad o padecimiento, sin posibilidad razonable de alivio que la persona considere tolerable.
  • Haber recibido información clara, completa, comprensible y suficiente acerca de su diagnóstico, pronóstico, alternativas terapéuticas, posibilidades de tratamiento, riesgos, consecuencias y cuidados paliativos integrales disponibles.
  • Formular la solicitud de manera libre, voluntaria, expresa, reiterada, documentada y sin presión externa.

Asimismo, se contempla la objeción de conciencia para los profesionales de la salud, aunque las instituciones sanitarias deberán garantizar igualmente el acceso al procedimiento mediante otros médicos.

La fundamentación del diputado Sergio Capozzi

En los fundamentos del proyecto, Capozzi sostiene que el objetivo de la iniciativa es ampliar los márgenes de autonomía individual en las decisiones vinculadas al final de la vida.

"La vida es un derecho, no una obligación estatal de padecimiento", afirma el texto. Además, señala que "defender la vida no puede significar obligar a alguien a soportar una agonía que considera incompatible con su dignidad".

La iniciativa también plantea una serie de interrogantes sobre el alcance de las libertades individuales en una sociedad democrática y sostiene que el Estado no debería imponer una única concepción moral frente al sufrimiento extremo.

"Esta iniciativa no promueve la muerte. Promueve la libertad. No abandona al paciente. Lo acompaña. No debilita al sistema de salud. Lo obliga a actuar con reglas claras", sostiene el proyecto.

En otro tramo, agrega: "El Estado no debe imponer heroísmo. No debe administrar sufrimiento. No debe convertir la agonía en mandato. Debe cuidar, informar, acompañar, controlar y respetar".

El antecedente de la Ley de Muerte Digna

Argentina cuenta desde 2012 con la denominada Ley de Muerte Digna, que permite a los pacientes rechazar tratamientos o procedimientos médicos que prolonguen artificialmente la vida cuando no existan expectativas razonables de recuperación.

Sin embargo, esa legislación no habilita la eutanasia ni el suicidio asistido, prácticas que continúan prohibidas por el Código Penal.

La propuesta presentada por Capozzi busca avanzar un paso más allá y abrir un debate que ya fue abordado en países como Países Bajos, Bélgica, Luxemburgo, España, Canadá y algunos estados de Estados Unidos, donde existen distintos modelos de regulación.

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