La ministra de Seguridad Nacional, Alejandra Monteoliva, aprobó un nuevo protocolo para que la Policía de Seguridad Aeroportuaria detecte de manera temprana posibles casos de trata de personas.
La normativa reemplaza el procedimiento vigente desde 2018, incorpora las nuevas modalidades del delito, crea oficiales especializados en cada unidad aeroportuaria y adapta la estrategia oficial al crecimiento de la captación mediante redes sociales, plataformas digitales y otras formas de criminalidad organizada.
La resolución también establece la creación de oficiales referentes especializados en trata de personas dentro de cada unidad operativa de la PSA, dispone que el nuevo protocolo será de cumplimiento obligatorio para todo el personal aeroportuario y asigna carácter reservado al anexo operativo que contiene las pautas específicas de actuación, al considerar que su difusión podría comprometer investigaciones en curso y afectar la seguridad pública.
En los fundamentos de la resolución, el Ministerio sostiene que la trata de personas evolucionó hacia modalidades mucho más complejas, con organizaciones criminales cada vez más profesionalizadas y un fuerte componente transnacional.
El texto señala que el delito ya no responde únicamente a los patrones tradicionales conocidos hasta ahora, sino que incorporó nuevas formas de captación, traslado y explotación que obligan a revisar periódicamente los mecanismos de prevención y detección utilizados por las fuerzas federales.
Además, destaca que los aeropuertos se transformaron en un punto estratégico tanto para el movimiento de víctimas como para las investigaciones vinculadas con organizaciones criminales internacionales, razón por la cual consideró necesario fortalecer la capacidad de respuesta de la Policía de Seguridad Aeroportuaria.
La actualización también responde a compromisos asumidos por Argentina en el marco de la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, el Protocolo de Palermo y la Ley 26.364 de Prevención y Sanción de la Trata de Personas.
La nueva resolución aprueba tres instrumentos principales. Por un lado, incorpora un nuevo Protocolo para la Detección Temprana de Situaciones de Trata de Personas en el Ámbito Aeroportuario, que reemplaza íntegramente al aprobado en 2018.
En segundo lugar, crea un anexo operativo reservado que contiene pautas específicas de intervención para el personal policial. El Ministerio explicó que ese documento no será de acceso público porque reúne información sensible relacionada con tareas preventivas, investigaciones criminales y procedimientos policiales.
Finalmente, aprueba un régimen para designar Oficiales Referentes del Delito de Trata de Personas, quienes deberán actuar como especialistas dentro de cada unidad operacional preventiva y compleja de la PSA.
Estos agentes tendrán la misión de asistir técnicamente al resto del personal, coordinar actuaciones vinculadas con posibles casos de trata y mantener actualizados los procedimientos conforme evolucionen las modalidades delictivas.

Uno de los cambios centrales de la resolución consiste en dejar sin efecto el protocolo que había sido aprobado mediante la Resolución 635/2018.
Según explica el Ministerio, durante los últimos ocho años cambiaron significativamente tanto las formas de captación de víctimas como las modalidades utilizadas por las organizaciones criminales.
Por ese motivo, el nuevo documento incorpora evidencia obtenida a partir de investigaciones recientes, análisis criminales nacionales e internacionales y recomendaciones formuladas por organismos especializados en la lucha contra la trata de personas.

El anexo recuerda que la legislación argentina considera trata de personas a las acciones de ofrecimiento, captación, traslado, recepción o acogimiento de personas con fines de explotación.
También aclara que no es necesario que todas esas etapas lleguen a concretarse para que exista el delito: basta con que se configure una de ellas con finalidad de explotación para que pueda investigarse como trata. Asimismo, destaca que el consentimiento de la víctima carece de relevancia jurídica y no exime de responsabilidad penal a quienes intervienen en la organización criminal.
El protocolo recuerda que la explotación puede adoptar distintas modalidades previstas por la legislación argentina.
Entre ellas menciona la reducción a la esclavitud o servidumbre, los trabajos forzados, la explotación sexual, la comercialización de material de abuso sexual infantil, los matrimonios forzados y la extracción ilegal de órganos, tejidos o fluidos humanos.
También enfatiza que algunas de estas conductas pueden constituir delitos autónomos, aun cuando no exista una situación típica de trata de personas.

El documento dedica un apartado a explicar que la trata debe entenderse como un proceso integrado por distintas etapas.
Primero aparece el ofrecimiento o la captación, generalmente mediante engaños, falsas promesas laborales o manipulación emocional. Luego puede producirse el traslado de la víctima, incluso hacia otro país.
Finalmente llegan las etapas de recepción y acogida, donde suelen concretarse las situaciones de explotación bajo condiciones completamente distintas de las prometidas inicialmente.
El Ministerio advierte que comprender cada una de estas fases resulta fundamental para detectar tempranamente la intervención de las organizaciones criminales antes de que la explotación llegue a consumarse.