08/07/2026 - Edición Nº1247

Política

Claves jurídicas

Colegio de la Abogacía porteño: la Justicia habilitó su amparo contra la reforma laboral

08/07/2026 | La discusión judicial pone bajo la lupa el régimen de costas y la forma de pago de las sentencias laborales.



El debate judicial sobre la reforma laboral sumó un nuevo capítulo. La Justicia Federal admitió como proceso colectivo la acción de amparo promovida por el Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal (CPACF), que busca la declaración de inconstitucionalidad de dos disposiciones incorporadas por la Ley 27.802 al considerar que afectan el ejercicio profesional de los abogados laboralistas y el acceso efectivo a la tutela judicial.

La resolución fue dictada por el Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal N.º 11, a cargo del juez Martín Cormick, quien entendió que el planteo reúne los requisitos establecidos por la Corte Suprema para tramitar bajo la modalidad de proceso colectivo. Además, reconoció la legitimación del CPACF para representar a los profesionales matriculados que ejercen en el fuero laboral, en función de las facultades que le confiere la Ley 23.187.

Con esta decisión, el expediente continuará su trámite con alcance colectivo y deberá ser inscripto en el Registro de Procesos Colectivos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
 

Qué artículos de la reforma están cuestionados

La acción judicial apunta contra dos normas específicas de la Ley 27.802. Por un lado, cuestiona el artículo 10, que modifica el régimen de la denominada "pluspetición inexcusable". La nueva regulación permite que los abogados puedan ser responsabilizados solidariamente por las costas del juicio cuando exista una sobreestimación objetiva del monto reclamado.

Para el CPACF, esta modificación introduce un riesgo patrimonial adicional para quienes patrocinan a trabajadores en conflictos laborales y podría generar un efecto disuasivo al momento de promover determinadas demandas.

El segundo eje del planteo se centra en el artículo 56 de la misma ley, que habilita el pago en cuotas de las sentencias laborales. Esa modalidad alcanza también a los honorarios de los profesionales intervinientes, lo que, según el Colegio, afecta el derecho a una remuneración justa y establece un trato desigual respecto de abogados que litigan en otros fueros donde no existe un mecanismo similar.
 

Por qué la Justicia aceptó el trámite colectivo

Al analizar la presentación, el juez concluyó que existe una afectación común sobre un grupo claramente identificable: los abogados matriculados en el CPACF que ejercen en la Justicia Nacional del Trabajo.

Ese elemento permitió encuadrar la causa dentro de los procesos colectivos previstos por la doctrina de la Corte Suprema, evitando la multiplicación de demandas individuales sobre una misma cuestión jurídica y permitiendo que la eventual sentencia tenga efectos respecto del conjunto alcanzado por el litigio.

La decisión no resuelve todavía el fondo del conflicto ni declara la inconstitucionalidad de las normas impugnadas. Únicamente habilita la vía colectiva para que esa discusión avance en sede judicial.
 

Cómo puede impactar en trabajadores y empleadores

Aunque el expediente se presenta como una controversia vinculada al ejercicio profesional de los abogados laboralistas, sus efectos potenciales trascienden al sector jurídico.

Si el régimen cuestionado desalienta la promoción de demandas laborales por el mayor riesgo económico que asumirían los profesionales, algunos trabajadores podrían encontrar mayores dificultades para acceder a representación legal en reclamos complejos o de cuantía discutible.

Al mismo tiempo, el sistema de pago en cuotas de las sentencias podría demorar el cobro efectivo tanto de las indemnizaciones reconocidas judicialmente como de los honorarios profesionales, prolongando los tiempos de percepción de créditos que ya atravesaron un proceso judicial.

Por el contrario, quienes defienden la reforma sostienen que estas herramientas buscan desalentar reclamos con montos excesivos -lo que llaman "la industria del juicio"- y facilitar el cumplimiento de las condenas por parte de las empresas, reduciendo el impacto financiero inmediato de las sentencias.
 

Qué puede ocurrir a partir de ahora

Con la admisión del proceso colectivo, la causa ingresará en una etapa de debate sobre la constitucionalidad de los artículos impugnados. Será allí donde el Estado Nacional deberá defender la validez de la reforma y el CPACF sostener que las modificaciones vulneran garantías constitucionales vinculadas al ejercicio profesional y al acceso a la justicia.

La resolución que finalmente se dicte podría tener efectos relevantes no solo para los profesionales del derecho laboral, para los trabajadores que sufren conductas abusivas por parte de los empleadores y para las empresas. Todos necesitan tener reglas claras.

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