Un proyecto de ley presentado en la Cámara de Diputados de la provincia de Buenos Aires propone establecer de manera obligatoria la realización de funciones distendidas en cines, teatros y otros espacios culturales bonaerenses, con el objetivo de facilitar el acceso a espectáculos para personas con condición del espectro autista, dificultades sensoriales, trastornos del aprendizaje y otras neurodiversidades.
La iniciativa, impulsada por el diputado bonaerense José Ignacio "Cote" Rossi, del bloque Unión por la Patria, plantea crear un marco legal para este tipo de funciones, que actualmente ya existen en algunos espacios culturales del país, aunque de manera voluntaria y sin una regulación provincial específica.
El proyecto también establece beneficios económicos para los asistentes y exenciones impositivas para los organizadores de estas funciones.

El texto define a las funciones distendidas como aquellas que presentan modificaciones sutiles en el desarrollo habitual del espectáculo, destinadas a que personas con distintas condiciones sensoriales o del neurodesarrollo puedan disfrutar de una experiencia cultural en un entorno adaptado.
Según el proyecto, estas funciones están pensadas para personas con:
La iniciativa sostiene que muchas personas no pueden asistir normalmente a salas de cine o teatros debido a estímulos que resultan excesivos, como sonidos fuertes, oscuridad total, luces intermitentes o efectos especiales.
Uno de los ejes centrales del proyecto es la creación de una "atmósfera de apoyo", entendida como un ambiente especialmente preparado para contemplar las distintas neurodiversidades.
Entre las adaptaciones obligatorias se incluyen:
El proyecto también deja abierta la posibilidad de que la autoridad de aplicación establezca nuevos criterios técnicos para adaptar los espectáculos.
La propuesta incorpora además un aspecto económico. El artículo 4 establece que los productores teatrales, representantes de complejos cinematográficos y responsables de cualquier espacio cultural que realice espectáculos deberán ofrecer estas funciones con un valor equivalente al 50% del precio de una entrada convencional.
Asimismo, determina que la recaudación obtenida durante estas funciones estará exenta de impuestos, tasas y contribuciones provinciales y municipales, con el objetivo de incentivar su implementación.
La iniciativa prevé que, en caso de ser aprobada, la ley entre en vigencia un año después de su publicación en el Boletín Oficial.
Durante ese período, el Poder Ejecutivo deberá designar la autoridad de aplicación, reglamentar la norma, definir los criterios técnicos de adaptación y establecer un mecanismo para que las salas puedan adecuar sus instalaciones.

En los fundamentos, Rossi sostiene que muchas personas con autismo y otros desafíos sensoriales enfrentan barreras que les impiden disfrutar plenamente de espectáculos culturales.
El legislador señala que "ruidos repentinos, gritos ensordecedores, oscuridad interrumpida por láseres y flashes conforman situaciones agresivas para las personas con las condiciones antes enunciadas".
También explica que pequeñas modificaciones pueden hacer posible el acceso a estos espacios sin alterar sustancialmente la experiencia artística.
Entre esas adaptaciones menciona la posibilidad de contar con espacios de autorregulación, permitir que los asistentes lleven mantas de peso, almohadones o juguetes de apego, y habilitar mayor libertad de movimiento durante la función.