14/07/2026 - Edición Nº1253

Economía

alerta recaudación

ARCA lanzó un nuevo plan para pagar deudas: quiénes pueden acceder y cuáles son las condiciones

14/07/2026 | El organismo habilitó un régimen especial para regularizar obligaciones vencidas hasta el 30 de junio. Permitirá financiar la deuda en hasta 18 cuotas.



Las micro, pequeñas y medianas empresas, los monotributistas, otros pequeños contribuyentes y las entidades sin fines de lucro tendrán una nueva oportunidad para ponerse al día con el fisco.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) lanzó un régimen especial de facilidades de pago para regularizar deudas tributarias, previsionales y aduaneras acumuladas hasta el 30 de junio de 2026.

La medida fue oficializada este lunes en el Boletín Oficial y estará vigente hasta el 30 de octubre, fecha límite para adherirse al plan.

El objetivo es ofrecer una alternativa para quienes arrastran obligaciones impagas y evitar que esas deudas deriven en juicios o embargos.

Sin embargo, el esquema no incluye beneficios como la condonación de intereses o multas y el financiamiento tendrá un costo que supera la inflación actual.

Qué deudas se pueden incluir

El nuevo plan permite regularizar:

  • Impuestos nacionales.
  • Obligaciones de la seguridad social.
  • Deudas aduaneras.
  • Retenciones y percepciones impositivas.
  • Intereses y multas vinculadas a esas obligaciones.

En cambio, quedaron afuera del régimen los anticipos y pagos a cuenta, los aportes a obras sociales, las cuotas de ART, los aportes al régimen de casas particulares y las cuotas de otros planes de facilidades de pago que ya estén vigentes.

Quiénes pueden acceder

El régimen está dirigido a:

  • Micro y pequeñas empresas.
  • Medianas empresas (tramo 1 y tramo 2).
  • Monotributistas y otros pequeños contribuyentes.
  • Entidades sin fines de lucro.

En el caso de los pequeños contribuyentes, el beneficio alcanza no solo a monotributistas, sino también a personas inscriptas en otros impuestos, siempre que no superen el límite de facturación equivalente a la categoría K del Monotributo.

Cómo será el plan de pagos

Las condiciones cambian según el tipo de contribuyente.

Las micro y pequeñas empresas, los pequeños contribuyentes y las entidades sin fines de lucro podrán financiar sus deudas en hasta 18 cuotas, con un anticipo del 5% y una tasa de financiación del 2,75% mensual.

Para las medianas empresas, el plazo máximo será de 15 cuotas y deberán realizar un pago inicial del 10%.

En el caso de las deudas por retenciones y percepciones, el plan será más corto: hasta nueve cuotas para los contribuyentes de menor tamaño y siete cuotas para las medianas empresas.

Un alivio, pero con reparos

Especialistas tributarios valoraron que vuelva a existir una herramienta para financiar deudas fiscales, especialmente para las PyMEs que enfrentan dificultades para cumplir con sus obligaciones.

Sin embargo, advirtieron que las condiciones podrían limitar el alcance del beneficio.

Sebastián Domínguez, CEO de SDC Asesores Tributarios, señaló que el plan llega en un momento en el que muchas empresas necesitan ordenar su situación fiscal para evitar ejecuciones judiciales.

No obstante, consideró que el anticipo exigido, la cantidad limitada de cuotas y la tasa de financiación pueden dificultar el acceso para algunos contribuyentes.

El especialista también remarcó que la tasa del 2,75% mensual resulta elevada frente al escenario actual de desaceleración de la inflación, ya que las estimaciones privadas ubican la suba de precios por debajo de ese nivel. 

Para quienes no cuentan con liquidez suficiente para cancelar toda la deuda de una sola vez, el nuevo régimen puede representar una herramienta para regularizar su situación fiscal. Sin embargo, quienes adhieran deberán evaluar si el costo financiero del plan resulta conveniente frente a otras alternativas de financiamiento.