La Junta Electoral de la provincia de Buenos Aires tomó una decisión sobre miles de fichas de afiliación en formato papel que durante años integraron los archivos de distintos partidos políticos y agrupaciones municipales. Se trata de documentación que, según determinó el organismo, ya no posee valor legal ni administrativo y presenta un avanzado estado de deterioro, por lo que será destruida.
La medida fue oficializada este viernes mediante una resolución publicada en el Boletín Oficial bonaerense, que instruye a la Dirección General Electoral a avanzar con la eliminación del material almacenado en el depósito que la Junta Electoral posee en la ciudad de La Plata.
De acuerdo con la resolución, entre abril y junio de este año se realizó un relevamiento de las fichas de afiliación correspondientes a distintas asociaciones políticas y a diferentes períodos. El informe concluyó que gran parte del material presenta un avanzado estado de deterioro, con presencia de moho y daños irreversibles provocados por la humedad.
La Junta Electoral sostuvo que esa documentación ya cumplió su ciclo de guarda administrativa, legal y operativa, por lo que conservarla dejó de tener sentido. Además, precisó que buena parte de las fichas pertenecen a asociaciones políticas cuya personería jurídico-política ya caducó.
En el caso de las agrupaciones que continúan vigentes, el organismo explicó que los registros de afiliados ya se encuentran digitalizados gracias a la implementación del Sistema de Presentaciones Digitales, establecido mediante la Resolución Técnica Nº 139.

Entre los fundamentos de la medida, la Junta Electoral remarcó que las fichas en papel carecen actualmente de valor legal y electoral. También advirtió que el estado de conservación de los documentos representa un riesgo para la salud del personal que trabaja en el depósito, debido a la humedad acumulada y a la presencia de moho.
La resolución enmarca la decisión dentro de las políticas de modernización administrativa y despapelización impulsadas por la provincia, con el objetivo de optimizar recursos y racionalizar la gestión pública.

Una vez finalizado el proceso de destrucción, el material de rezago será donado a una institución, tal como ocurrió en procedimientos similares realizados anteriormente.
Antes de concretar la eliminación definitiva, la Junta Electoral deberá publicar durante tres días consecutivos en el Boletín Oficial la nómina de las asociaciones políticas alcanzadas por la medida, tal como lo establece el Decreto-Ley 9889/82.