El Colegio Público de Abogados de la Capital Federal (CPACF) resolvió poner en marcha el mecanismo previsto en el artículo 53 de la Ley 23.187 para los abogados que mantengan una deuda equivalente a tres o más cuotas anuales de matrícula, una decisión que puede derivar en la suspensión del ejercicio profesional hasta tanto regularicen su situación.
La medida fue adoptada mediante la Resolución N.º 134/26 del Consejo Directivo, dictada el 28 de mayo de 2026 y publicada este viernes en el Boletín Oficial. La norma dispone la aplicación del punto 1 del "Protocolo de Regulación de Situaciones Periódicas sobre Pago de Cuotas Anuales", aprobado en 2019, con efectos a partir del 17 de julio de 2026.
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— Boletín Oficial R.A. (@boletin_oficial) July 17, 2026
La resolución establece que el procedimiento alcanzará a los matriculados que registren una mora equivalente a tres o más cuotas anuales de matrícula, conforme al listado que integra el anexo del acto administrativo.
La decisión encuentra fundamento en el artículo 53 de la Ley 23.187, que regula el ejercicio de la abogacía en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y faculta al Colegio Público a adoptar las medidas previstas por la normativa frente al incumplimiento de las obligaciones derivadas de la matrícula profesional.
📢 HOY | Consejo Directivo del CPACF
— C.P.A.C.F (@CPACF) July 16, 2026
A partir de las 18:00 hs., seguí en vivo una nueva sesión del Consejo Directivo del Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal.
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La falta de pago de la matrícula no constituye únicamente una deuda administrativa. La aplicación del mecanismo previsto en el artículo 53 de la Ley 23.187 habilita al CPACF a disponer la suspensión del ejercicio profesional de los matriculados alcanzados por esa situación, hasta tanto regularicen la deuda.
En ese contexto, el profesional suspendido no podrá ejercer válidamente la abogacía en el ámbito de competencia del Colegio mientras permanezca vigente la medida.
La resolución no crea nuevas obligaciones ni modifica el régimen legal vigente, sino que activa un procedimiento previsto desde hace años por la Ley 23.187 y reglamentado mediante el protocolo aprobado por el Consejo Directivo en 2019.
La Resolución N.º 134/26 marca una decisión institucional del CPACF de aplicar de manera efectiva un mecanismo contemplado en la Ley 23.187 para los casos de mora prolongada en el pago de la matrícula.
Más que una nueva sanción disciplinaria, la medida pone en funcionamiento una herramienta legal destinada a asegurar el cumplimiento de una de las obligaciones básicas del ejercicio profesional. Su aplicación puede traducirse en la suspensión de la matrícula mientras persista la deuda, razón por la cual los abogados alcanzados deberán regularizar su situación para recuperar plenamente su habilitación profesional.