22/07/2026 - Edición Nº1261

Política

Legislatura

Influencers fit, engaños y sanciones: qué anuncios quieren regular en PBA

20/07/2026 | El proyecto fue presentado en el Senado bonaerense. Qué pasaría con las recomendaciones médicas y los tratamientos que se promocionan en redes sociales.



Un proyecto de ley presentado en el Senado de la provincia de Buenos Aires propone establecer un nuevo marco regulatorio para la difusión de contenidos sobre salud en redes sociales y plataformas digitales.

La iniciativa, impulsada por la senadora Laura Clark, busca reforzar los mecanismos de protección frente a publicaciones que puedan inducir a errores, promover tratamientos sin respaldo científico o favorecer el ejercicio ilegal de profesiones sanitarias.

La propuesta apunta tanto a influencers como a cualquier persona o empresa que promocione prácticas, tratamientos, productos o servicios relacionados con la salud a través de medios digitales, estableciendo obligaciones de identificación, requisitos de transparencia y un régimen de sanciones.

El objetivo del proyecto

Según el texto presentado, la iniciativa tiene como finalidad "la protección de la salud pública frente a la difusión digital de contenidos vinculados con prácticas, tratamientos, productos o servicios sanitarios que pudieran inducir a error, desinformación o riesgos para la salud de la población".

Entre los objetivos específicos del proyecto se destacan: proteger la salud pública en los entornos digitales, prevenir la circulación de contenidos sanitarios falsos o engañosos, garantizar mayor transparencia en la publicidad vinculada con la salud, facilitar el acceso a información difundida por profesionales habilitados y combatir el ejercicio ilegal de profesiones sanitarias.

Laura Clark, autora de la iniciativa

A quiénes alcanzaría la ley

La iniciativa tiene un alcance amplio. Comprendería a todas las personas físicas o jurídicas que utilicen redes sociales, plataformas digitales, servicios de video, transmisiones en vivo u otros medios electrónicos para promocionar, recomendar o difundir contenidos relacionados con la salud humana.

De esa manera, no solo abarcaría a profesionales de la salud, sino también a influencers, creadores de contenido, empresas y cualquier usuario que realice publicaciones promocionales sobre tratamientos, medicamentos, alimentación, salud mental, procedimientos estéticos o suplementos.

Cómo define el proyecto a los influencers

Uno de los aspectos centrales de la iniciativa es que incorpora una definición legal de "influencer digital".

Para el proyecto, se considera influencer a toda persona que, mediante redes sociales o plataformas digitales y a cambio de una remuneración, beneficio económico o cualquier expectativa razonable de obtener un beneficio, promocione o recomiende bienes, servicios o tratamientos destinados al público.

La norma también define qué debe entenderse por contenido sanitario y por publicidad sanitaria digital.

Qué datos deberán informar los profesionales

Uno de los cambios más importantes que propone la iniciativa alcanza a quienes difundan contenidos atribuyéndose una profesión vinculada con la salud.

En esos casos deberán exhibir de manera clara, visible y accesible: nombre y apellido, profesión, número de matrícula y jurisdicción donde fue otorgada esa matrícula.

El proyecto establece que esa información deberá permanecer visible durante toda la publicación o encontrarse disponible mediante un mecanismo de acceso inmediato para los usuarios.

Qué contenidos quedarían prohibidos

La iniciativa también incorpora una serie de prohibiciones destinadas a reducir la circulación de información considerada potencialmente riesgosa para la salud.

Entre los contenidos que no podrían promocionarse digitalmente figuran:

  • prácticas médicas realizadas por personas no habilitadas;
  • tratamientos o procedimientos con afirmaciones falsas, engañosas o sin respaldo científico suficiente;
  • medicamentos, suplementos o productos cuya publicidad esté prohibida por la legislación vigente;
  • dietas extremas o procedimientos estéticos invasivos que puedan representar riesgos relevantes para la salud;
  • consejos personalizados de diagnóstico o tratamiento brindados por personas sin matrícula profesional.

Publicidad identificada y patrocinadores visibles

Otro de los ejes del proyecto apunta a reforzar la transparencia de los contenidos pagos.

La propuesta dispone que toda publicidad sanitaria digital deberá informar expresamente que se trata de un contenido publicitario o patrocinado, si existe una contraprestación económica, y quién es el anunciante o patrocinador.

El objetivo es que los usuarios puedan identificar con claridad cuándo una recomendación responde a un acuerdo comercial y no exclusivamente a una opinión personal.

Los fundamentos del proyecto

En los fundamentos, Laura Clark sostiene que el crecimiento de las redes sociales modificó profundamente la forma en que circula la información vinculada con la salud y que la normativa vigente quedó desactualizada frente a ese escenario.

Como respaldo, cita un estudio de la UNESCO que indica que el 62% de los creadores de contenido digital no verifica la exactitud de la información antes de compartirla, situación que, según advierte, adquiere especial gravedad cuando se trata de recomendaciones médicas, alimentarias o vinculadas con tratamientos.

La senadora también menciona el fenómeno de los denominados "influencers fit" o "healthy", quienes en muchos casos difunden rutinas de entrenamiento, planes alimentarios o consejos sobre salud sin contar con un título habilitante para ejercer esas actividades profesionalmente.

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