La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) publicó este lunes las nuevas escalas del Monotributo que regirán desde el 1° de agosto de 2026 y habilitó el trámite de recategorización semestral, que podrá realizarse hasta el 5 de agosto.
La actualización incorpora los nuevos topes de facturación anual y modifica los importes mensuales que pagan los monotributistas por impuesto integrado, aportes jubilatorios y obra social.
Para determinar si deben cambiar de categoría, los contribuyentes deberán comparar los ingresos brutos obtenidos en los últimos 12 meses y el resto de los parámetros del régimen con los nuevos límites publicados por ARCA.
Además de la facturación anual, el organismo considera otros indicadores, como:
Quienes, luego de hacer esa comparación, continúen dentro de la misma categoría no deberán realizar ningún trámite. La recategorización solo es obligatoria cuando corresponde subir o bajar de categoría.

La nueva tabla mantiene las categorías A a K.
Con la actualización, el límite máximo de ingresos brutos anuales pasa de:
Además, ARCA actualizó los valores correspondientes al impuesto integrado, los aportes al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y la obra social, por lo que el monto mensual a pagar cambiará desde agosto según la categoría de cada contribuyente.
La categoría que resulte de la recategorización comenzará a regir desde agosto de 2026, por lo que los nuevos importes deberán abonarse con la obligación correspondiente a ese mes.
En los casos en que la actividad tenga menos de seis meses de antigüedad, no corresponde realizar la recategorización. Si la actividad ya superó ese plazo, los parámetros deberán anualizarse para determinar la categoría correcta.

La recategorización se realiza de manera online a través del Portal Monotributo de ARCA.
El sistema permite consultar la información disponible, cargar los datos correspondientes y, una vez confirmada la operación, descargar la nueva credencial de pago con los valores actualizados.