El gobernador Axel Kicillof oficializó la Ley 15.613, una norma que introduce nuevas obligaciones para las empresas de transporte público de pasajeros en la provincia de Buenos Aires y que busca mejorar la accesibilidad para las personas con discapacidad.
La legislación, aprobada semanas atrás por la Legislatura bonaerense, establece que los colectivos deberán incorporar pictogramas para facilitar la comunicación de personas con dificultades en el lenguaje verbal y, además, dispone que los choferes deberán realizar capacitaciones obligatorias sobre trato hacia personas con discapacidad para obtener su licencia habilitante.
La iniciativa, impulsada por la diputada Luciana Padulo, modifica tanto el régimen provincial del transporte como la normativa sobre licencias de conducir para el transporte público.
Uno de los principales cambios introducidos por la nueva ley es la incorporación del artículo 47 Bis al régimen provincial del transporte.
A partir de ahora, las empresas deberán colocar en todas sus unidades pictogramas que permitan transmitir información de manera visual y faciliten la comprensión del entorno a personas con discapacidad que presenten dificultades en la comunicación y el lenguaje verbal.
La norma establece que "las empresas de transporte deberán colocar en sus unidades pictogramas que garanticen la accesibilidad de información a personas con discapacidad que manifiesten dificultades en la comunicación y el lenguaje verbal".
Se trata de recursos gráficos sencillos que permiten identificar espacios, acciones e indicaciones sin necesidad de utilizar texto o explicaciones verbales.
Los pictogramas forman parte de los llamados Sistemas Aumentativos y Alternativos de Comunicación (SAAC) y son utilizados para facilitar la comprensión de personas con trastornos del espectro autista, discapacidades intelectuales y otras condiciones que dificultan la comunicación.
En los colectivos podrán utilizarse para señalar:
El objetivo es que cualquier pasajero pueda comprender el funcionamiento del servicio mediante símbolos universales, reduciendo las barreras de comunicación.

La ley también modifica el artículo 26 de la Ley Provincial de Tránsito para incorporar un nuevo requisito destinado a los conductores del transporte público.
Desde ahora, quienes tramiten la licencia habilitante deberán acreditar la realización y aprobación de las capacitaciones que determine la autoridad de aplicación. Entre ellas será obligatoria la formación en trato hacia personas con discapacidad.
El nuevo texto establece que los conductores deberán acreditar "la realización y aprobación de las capacitaciones que la Autoridad de Aplicación establezca, incluida capacitación en trato a personas con discapacidad".
La autoridad provincial podrá incorporar otros contenidos adicionales mediante la reglamentación.

La promulgación de la ley se produce luego de diversas controversias registradas durante los últimos meses en torno al transporte público.
En varias oportunidades, usuarios denunciaron que algunos choferes rechazaban el Certificado Único de Discapacidad (CUD) en formato físico para acceder al beneficio del viaje gratuito y exigían que estuviera previamente vinculado a la tarjeta SUBE.
Posteriormente, tanto autoridades nacionales como cámaras empresarias aclararon que el CUD físico mantiene plena validez y continúa siendo suficiente para acceder al beneficio previsto por la normativa vigente.
En ese contexto, la capacitación obligatoria busca fortalecer el conocimiento de los derechos de las personas con discapacidad y promover una mejor atención durante la prestación del servicio.

La nueva normativa no se limita a los colectivos. El Poder Ejecutivo provincial deberá proporcionar los pictogramas a los municipios que adhieran a la ley para que puedan instalarse también en:
De esta manera, la señalización accesible abarcará tanto las unidades como la infraestructura utilizada diariamente por los pasajeros.
Si bien la ley ya fue promulgada por el gobernador Axel Kicillof, su aplicación práctica dependerá de la reglamentación que dicte el Poder Ejecutivo.
Esa reglamentación deberá definir aspectos operativos como las características de los pictogramas, los contenidos de las capacitaciones obligatorias para los choferes y los plazos que tendrán las empresas para adecuar sus unidades.