El Gobierno presentará este miércoles la nueva versión de la Ley de Inocencia Fiscal, una iniciativa impulsada por el ministro de Economía, Luis Caputo, que será enviada al Congreso el jueves.
El proyecto incorpora modificaciones reclamadas por especialistas tributarios y apunta a ampliar el acceso al régimen simplificado del Impuesto a las Ganancias, además de reforzar las garantías para quienes decidan adherirse.
Los cambios fueron elaborados tras varias semanas de reuniones entre el Ministerio de Economía, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) y tributaristas, quienes habían advertido que algunos aspectos de la propuesta original podían desalentar la incorporación de contribuyentes.
Excelente reunión con el grupo de contadores, que nos explicaron en detalle sus sugerencias con respecto a la ley de inocencia fiscal.
— totocaputo (@LuisCaputoAR) May 21, 2026
Hubo consenso en que si implementamos esas modificaciones, habrá muchas más adhesiones al nuevo régimen.
También nos comprometimos a prorrogar… pic.twitter.com/6a6XDtSnER
Una de las principales novedades será la eliminación de los límites de patrimonio e ingresos que exigía el esquema original. Hasta ahora, solo podían acceder quienes tuvieran un patrimonio inferior a $10.000 millones e ingresos anuales de hasta $1.000 millones.
Con la reforma, esos requisitos desaparecen. Para ingresar al régimen bastará con tener residencia fiscal en la Argentina y no estar incluido dentro del padrón de Grandes Contribuyentes Nacionales.
La decisión busca ampliar considerablemente la cantidad de personas alcanzadas por el régimen y facilitar el acceso al denominado "tapón fiscal", un mecanismo que limita la posibilidad de que ARCA cuestione el origen de los fondos utilizados por un contribuyente cuando cumple con las condiciones previstas por la ley.

Otro de los puntos incorporados en el nuevo texto apunta al mercado inmobiliario.
El proyecto aclara que los pagos en efectivo realizados mediante escrituras públicas serán compatibles con los beneficios del régimen, despejando una de las principales dudas planteadas por escribanos, desarrolladores y asesores impositivos.
La aclaración resulta relevante porque buena parte de las compraventas de inmuebles en Argentina continúa concretándose con dinero en efectivo.
La reforma también modifica uno de los aspectos más cuestionados por los especialistas: el criterio para determinar cuándo existe una "discrepancia significativa" entre lo declarado por el contribuyente y lo detectado por ARCA.
El proyecto mantiene el parámetro del 15% de diferencia, pero incorpora un nuevo piso de tolerancia. No se considerará configurada una discrepancia significativa cuando la diferencia no supere el equivalente al 5% del monto previsto para el delito de evasión simple en el Régimen Penal Tributario, que actualmente ronda los $5 millones, ya que el umbral para ese delito asciende a $100 millones.
Además, si el contribuyente rectifica su declaración jurada y cancela las diferencias dentro de los 15 días hábiles posteriores a la notificación del organismo, conservará los beneficios del régimen y mantendrá vigente el denominado tapón fiscal.
Otra novedad es que la carga de la prueba recaerá exclusivamente sobre ARCA, que solo podrá utilizar información declarada o incorporada a sus propios sistemas.
Cualquier otro elemento ajeno a esos registros no tendrá valor probatorio para cuestionar la situación fiscal del contribuyente.

A diferencia del esquema vigente, el nuevo proyecto fija una fecha límite para exteriorizar fondos.
Quienes decidan declarar dinero no registrado podrán hacerlo hasta el 31 de diciembre de 2027, sin afrontar consecuencias por su situación pasada y sin que esa exteriorización pueda utilizarse posteriormente como prueba en su contra.
De esta manera, el Gobierno descarta que el mecanismo funcione como un blanqueo permanente y establece un horizonte temporal definido.
Las modificaciones tendrán efectos para los ejercicios fiscales iniciados a partir del 1° de enero de 2025.
Desde ARCA informaron que más de 330.000 contribuyentes ya se incorporaron al Régimen de Declaración Jurada Simplificada.
De ese total, 170.115 ya presentaron su declaración jurada, mientras que cerca de 99.000 permanecen en estado de borrador.
El organismo considera que el régimen tomó impulso durante el último mes. Tras un comienzo con apenas 5.800 adhesiones, la cifra había alcanzado las 80.000 hacia fines de mayo y continuó creciendo luego de los encuentros que Caputo mantuvo con tributaristas para introducir las modificaciones.
El contador Andrés Edelstein consideró que la eliminación de los límites patrimoniales y de ingresos podría incrementar aún más la cantidad de contribuyentes adheridos.
"Las adhesiones van a aumentar más si se liberan los requisitos de ingreso y patrimonio, que es un poco la idea de que haya un universo muy grande de contribuyentes que vaya por este régimen simplificado", sostuvo.

Durante las reuniones con especialistas, el equipo económico recibió además una propuesta para revisar el régimen de sanciones por incumplimientos fiscales.
La iniciativa fue elaborada por la tributarista Miriam Roldán y plantea reducir las multas según el tamaño del contribuyente.
Actualmente, la Ley de Inocencia Fiscal multiplicó las sanciones por presentación fuera de término de declaraciones juradas.
Para personas humanas pasaron de $200 a $220.000, mientras que para empresas aumentaron de $400 a $440.000. En los casos más graves, las penalidades pueden oscilar entre $5 millones y $10 millones.
Por el momento, el Gobierno no confirmó si incorporará ese cambio al proyecto que enviará al Congreso.