Estados Unidos activó este viernes 24 de julio un nuevo régimen arancelario sobre las importaciones procedentes de 60 economías. La medida establece tasas adicionales del 10% o del 12,5%, según las normas adoptadas por cada socio para impedir el ingreso de bienes elaborados mediante trabajo forzoso. El grupo alcanzado representa cerca del 99,4% de las compras estadounidenses al exterior, por lo que el cambio redefine una parte sustancial de las condiciones de acceso al mayor mercado consumidor del mundo.
La decisión fue adoptada mediante la Sección 301 de la Ley de Comercio de 1974. Este instrumento permite investigar y responder ante prácticas extranjeras consideradas injustificadas, discriminatorias o perjudiciales para el comercio estadounidense. A diferencia de un arancel general aplicado por una emergencia económica, el nuevo esquema se apoya en investigaciones individuales y establece una acción separada para cada una de las 60 economías examinadas desde marzo.
La Argentina quedó incluida entre las economías alcanzadas por la tasa adicional del 10%. En esa categoría también aparecen Canadá, México, India, Reino Unido, Ecuador y otros países que ya poseen prohibiciones contra los productos vinculados con el trabajo forzoso o asumieron compromisos para incorporarlas. Washington ubicó en el 12,5% a los socios que todavía no cuentan con un régimen equivalente, mientras algunos productos de Europa y Asia tendrán tratamientos calculados sobre sus aranceles previos.
La posición argentina está relacionada con los compromisos asumidos en el acuerdo comercial firmado con Washington en febrero. Ese entendimiento incluyó la obligación de adoptar controles contra el ingreso de productos fabricados bajo condiciones laborales coercitivas. News Digitales ya había explicado los alcances del acuerdo bilateral, que también contempló modificaciones arancelarias y mejores condiciones de acceso para distintos bienes argentinos.

La diferencia de 2,5 puntos frente a las economías ubicadas en la banda superior puede mejorar la competitividad relativa de algunos exportadores argentinos. Un arancel adicional menor reduce la distancia entre el precio de origen y el valor final de ingreso al mercado, algo especialmente relevante en actividades con márgenes estrechos. Sin embargo, el efecto concreto dependerá de las exenciones asignadas a cada posición arancelaria, de las cargas que ya tuviera el producto y de las condiciones particulares de cada sector.

El beneficio tampoco debe interpretarse como una garantía permanente ni como una exención general para todas las exportaciones del país. Washington puede modificar o retirar las tasas y excepciones si cambia el grado de cumplimiento de los compromisos laborales. Para la Argentina, la oportunidad consiste en sostener la banda del 10%, completar la aplicación de los controles acordados y aprovechar una condición comparativamente favorable antes de que otras economías reformen sus propias normas y reduzcan la brecha.