El marketing tecnológico ha instalado una narrativa muy atractiva: la posibilidad de bajarse una aplicación, manejar los propios horarios y alcanzar la independencia económica. Suena bien, pero el análisis de la realidad demuestra lo contrario.
Detrás de la pantalla no existe una auténtica autonomía, sino una relación de dependencia laboral encubierta por un algoritmo diseñado para evadir las leyes vigentes. Hay un contrato laboral, y en este punto cobra fuerza la presunción del artículo 23 de la Ley de Contrato de Trabajo. Hay una parte que manda y otra que obedece a cambio de una remuneración. No son colaboradores, son trabajadores precarizados.
En el derecho del trabajo existe un principio fundamental: la realidad de los hechos siempre vale más que lo que esté escrito en un contrato o en los términos y condiciones de una app. La realidad es que entre la app y el trabajador hay una subordinación técnica, jurídica y económica, como en cualquier relación de dependencia.
Las empresas sostienen que el prestador gestiona su propia actividad. No obstante, el trabajador carece de poder de decisión. Es el algoritmo el que determina la ruta obligatoria, impone tiempos estrictos para entregar el pedido y establece cómo debe comportarse con el cliente. El repartidor o conductor no aplica su propio criterio; ejecuta de manera automatizada las órdenes directas dictadas por el sistema inteligente de la compañía.
Las plataformas prometen ingresos de empresario, pero el trabajador no fija el precio del servicio, no le factura directamente al cliente ni puede negociar sus márgenes de ganancia. La empresa decide de forma unilateral cuánto vale su trabajo. Paralelamente, se traslada todo el riesgo del negocio al eslabón más débil, quien debe poner de su bolsillo el vehículo, el combustible, el teléfono, los datos móviles y los costos si sufre un accidente.
Por otra parte, el argumento de la flexibilidad se desmorona al examinar la libertad de conexión. Las corporaciones alegan que el usuario se conecta cuando quiere, sin embargo, si el trabajador rechaza viajes o pedidos en forma reiterada, o decide tomarse un descanso, el sistema lo penaliza con distintas sanciones: le baja el puntaje, le quita los mejores turnos o le bloquea la cuenta definitivamente. La libertad, para el trabajador, no existe. Lo que existe es un semáforo en verde para que la aplicación haga valer la facultad de sancionar -la misma que asiste a cualquier jefe en una relación de dependencia reconocida- pero disfrazada de tecnología.

Ese control es absoluto. Permite a las plataformas modificar las condiciones de trabajo, las tarifas y las comisiones de un minuto al otro de forma unilateral, cargar por encima de la capacidad de almacenamiento la mochila del pobre cristiano que pedalea y hostigarlo si en el trayecto sufre una demora. Claramente, hay un abuso del ius variandi, por medios digitales.
Durante el siglo XX se consolidó un paquete legislativo para proteger la salud física del trabajador. Incluso la protección llegó a la Constitución Nacional. El siglo XXI consagró el derecho a la desconexión digital para resguardar la salud mental frente al acoso del teléfono, el modelo de las aplicaciones ignora todas conquistas.
El sistema induce a jornadas extenuantes de doce horas, sin lugares dignos para el descanso, sin acceso a un baña y bajo una sujeción perpetua al celular por temor a las represalias del algoritmo. Demás está decir que estos trabajadores no tienen ni sueldo ni aguinaldo tal como se lo conoce en el mundo del trabajo registrado. En suma, quien lamentablemente cae en esos empleos, no es su propio jefe. Es un trabajador cuyo empleador no le reconoce derecho alguno. Es un paria.