31/07/2026 - Edición Nº1270

Política

Derecho sindical

Qué gana la prensa sanjuanina con la inscripción gremial ordenada por la Justicia

31/07/2026 | La medida llega tras un fallo judicial que obligó al Gobierno a destrabar el expediente y reaviva la discusión sobre el modelo de representación gremial.



El mapa de la representación sindical en la provincia de San Juan acaba de registrar un cambio institucional de relevancia. A través de la Resolución 410/2026, la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social —bajo la órbita del Ministerio de Capital Humano— formalizó la Inscripción Gremial de la Asociación de Trabajadores de Prensa y Comunicación de San Juan.

La disposición, firmada por el secretario de Trabajo Julio Gabriel Cordero, otorga personería jurídica a la entidad como sindicato de primer grado. De esta manera, el nuevo espacio queda habilitado formalmente para agrupar a los trabajadores bajo relación de dependencia de la actividad periodística y de comunicación en todo el territorio de la ciudad capital de la provincia.

Un nacimiento impulsado por la vía judicial

El dato más político y saliente que revela el texto oficial es que el reconocimiento estatal no se dio por la vía administrativa ordinaria, sino bajo la presión de los tribunales. La resolución cita de manera explícita una acción de amparo interpuesta por el gremio contra la propia Secretaría de Trabajo de la Nación (Expte. N° 11015/2026).

En dicho marco, la Justicia Federal le había impuesto un ultimátum al Ejecutivo nacional: dictaminar y emitir el acto administrativo correspondiente en un plazo perentorio de treinta días, bajo apercibimiento de aplicar sanciones combinatorias (astreintes). Ante el riesgo de penalidades económicas y legales, la cartera laboral destrabó el Expediente N° EX-2023-132024336, que permanecía paralizado desde el año 2023.

El debate de fondo: Inscripción vs. Personería

Con esta resolución, el Ministerio de Capital Humano deja en claro un límite técnico de vital importancia para el equilibrio del sector de prensa. La obtención de la inscripción gremial le otorga existencia legal, patrimonio y la capacidad de defender los intereses particulares de sus afiliados, pero el propio dictamen se encarga de subrayar un principio del modelo sindical argentino:

"El reconocimiento de la vocación de representar de la entidad cuya inscripción se solicita, no implica adelantar juicio sobre la capacidad de representación la cual, de solicitarse la personería gremial, será evaluada de acuerdo a los Artículos 25 y 28 de la Ley N° 23.551".

En términos prácticos, esto significa que la nueva asociación liderada a nivel fundacional por Myriam Pérez convive en un ecosistema donde la capacidad de negociar los convenios colectivos generales de la actividad de prensa sigue ligada a las organizaciones tradicionales que detentan la mayor representatividad. No obstante, se consolida como un nuevo actor de presión dentro del sector.

Elecciones obligatorias para regularizar el sindicato

La resolución de la Secretaría de Trabajo introduce además un fuerte condicionamiento institucional para los dirigentes de la entidad de prensa sanjuanina. Dado que las actuales autoridades pertenecen al cuerpo directivo de carácter fundacional, el Estado las intimó de manera tajante a llamar a elecciones antes de realizar cualquier tipo de trámite o reclamo posterior.

El Artículo 3º de la norma legal determina: "Intímase a que, con carácter previo a toda petición, regularice la situación institucional y convoque a elecciones de la Comisión Directiva". Con esta medida, el sindicato de prensa deberá validar de forma democrática y formal su conducción interna bajo los parámetros aprobados en su nuevo estatuto social, en un escenario gremial que promete reconfigurar las discusiones salariales y laborales de los medios en la región.

 

 

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