01/08/2026 - Edición Nº1271

Política

Claves Jurídicas

La Ley Florencia promete más respaldo para denunciar bullying y violencia online

31/07/2026 | La iniciativa establece protocolos para escuelas, capacitación para docentes, preservación de pruebas y herramientas frente a amenazas como los deepfakes.



El bullying dejó de ser un problema limitado al patio de una escuela. Las agresiones entre pares pueden continuar durante las 24 horas del día a través de redes sociales, plataformas digitales y aplicaciones de mensajería, con una capacidad de difusión que multiplica el daño y dificulta la intervención.

Frente a esa realidad, un grupo de diputados nacionales presentó un proyecto de ley denominado Ley Florencia, que propone crear un Sistema Nacional para la Prevención, Detección Temprana y Abordaje Integral del Bullying, el Ciberbullying y las Violencias Digitales contra Niños, Niñas y Adolescentes.

La iniciativa fue impulsada por el diputado sanjuanino Cristian Andino y establece una política pública permanente destinada a coordinar acciones de prevención, asistencia, capacitación, investigación y seguimiento en todo el territorio argentino. El proyecto fue girado a las comisiones de Educación; Familias, Niñez y Juventudes; Comunicaciones e Informática; y Presupuesto y Hacienda.

Un nuevo marco para una problemática que cambió

La propuesta parte de una idea central: las herramientas tradicionales de convivencia escolar resultan insuficientes frente a nuevas formas de violencia que ocurren en entornos digitales.

Por eso, el proyecto busca complementar normas ya existentes como la Ley 26.061 de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes; la Ley 26.892 de convivencia escolar; y la Ley 27.590 contra el grooming.

El texto establece que la nueva norma funcionaría como un esquema de presupuestos mínimos de protección, es decir, un piso común de derechos y obligaciones para todo el país, sin impedir que las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires adopten medidas adicionales.

Qué conductas incorpora la ley

Uno de los aspectos centrales de la iniciativa es que define jurídicamente distintas formas de violencia. El proyecto considera bullying a toda conducta reiterada, sistemática e intencional de violencia física, verbal, psicológica o social ejercida por estudiantes contra otros estudiantes cuando exista una situación de desigualdad o abuso de poder.

También incorpora el concepto de ciberbullying, entendido como el hostigamiento realizado mediante redes sociales, plataformas digitales, videojuegos online, correos electrónicos u otros medios tecnológicos.

Además, regula expresamente:

  • grooming, ya contemplado por el artículo 131 del Código Penal;
  • sextorsión, mediante amenazas vinculadas a la difusión de contenido íntimo;
  • difusión no consentida de contenido íntimo;
  • violencia digital facilitada por inteligencia artificial, incluyendo la creación o manipulación de imágenes, videos y audios falsos mediante deepfakes.

Escuelas: protocolos obligatorios y actuación inmediata

Uno de los cambios más importantes que propone el proyecto está relacionado con las obligaciones de los establecimientos educativos públicos y privados.

Si la ley es aprobada, las escuelas deberán contar con protocolos institucionales para prevenir, detectar, intervenir y realizar seguimiento de casos de bullying, ciberbullying, grooming y otras formas de violencia.

Esos protocolos deberán garantizar:

  • intervención inmediata ante una denuncia;
  • protección integral de la víctima;
  • confidencialidad de la información;
  • preservación de evidencia digital;
  • participación de equipos interdisciplinarios;
  • seguimiento hasta la resolución del caso.

La norma también establece que las medidas adoptadas no podrán implicar, como regla general, trasladar o modificar compulsivamente la trayectoria educativa de la víctima.

La prueba digital

Uno de los puntos novedosos del proyecto es la incorporación de reglas vinculadas a la evidencia digital. En situaciones de violencia online, una publicación puede ser eliminada en segundos o una cuenta puede desaparecer antes de que exista una intervención institucional.

Por eso, la iniciativa obliga a adoptar medidas razonables para preservar capturas, mensajes, videos, audios u otros elementos digitales que puedan resultar relevantes. No obstante, aclara que esa preservación no habilita el acceso ilegítimo a dispositivos, cuentas personales o comunicaciones privadas, protegiendo garantías constitucionales como la privacidad y los datos personales.

Qué rol tendrán las plataformas digitales

El proyecto propone que el Estado impulse convenios de cooperación con redes sociales, plataformas digitales, servicios de mensajería y proveedores de internet.

El objetivo será crear canales institucionales para:

  • recibir denuncias;
  • colaborar en la preservación de evidencia;
  • limitar la difusión de contenidos que vulneren derechos de menores;
  • desarrollar campañas de prevención.

La iniciativa aclara que esas acciones deberán respetar la libertad de expresión, el debido proceso y la protección de datos personales.

Capacitación para docentes y familias

La propuesta no apunta solamente a intervenir cuando el daño ya ocurrió. También establece un fuerte componente preventivo. La autoridad de aplicación deberá desarrollar programas permanentes de capacitación para docentes, directivos, equipos de orientación escolar y personal no docente.

Los contenidos incluirán:

  • detección temprana de situaciones de violencia;
  • educación emocional;
  • resolución pacífica de conflictos;
  • prevención del grooming;
  • ciudadanía digital;
  • uso responsable de inteligencia artificial.

Además, contempla la participación de las familias, que deberán colaborar con las instituciones educativas y acompañar el uso responsable de dispositivos y redes sociales por parte de niños y adolescentes.

Una ley con nombre propio

La iniciativa lleva el nombre de Florencia Merino, una joven sanjuanina que en 2013, cuando tenía 13 años, sufrió una agresión por parte de una compañera de escuela luego de reiterados episodios de hostigamiento.

Como consecuencia del ataque perdió la visión de uno de sus ojos. Con el paso del tiempo, transformó su experiencia en una tarea de concientización sobre las consecuencias del bullying y la necesidad de generar herramientas de prevención.

El desafío: proteger sin limitar derechos

El proyecto abre un debate jurídico complejo: cómo proteger a niños y adolescentes frente a nuevas formas de violencia sin afectar derechos constitucionales como la libertad de expresión, la privacidad y el debido proceso.

La discusión parlamentaria deberá definir el alcance de las obligaciones para escuelas, Estado y plataformas digitales. Pero el eje de fondo es claro: en una sociedad donde gran parte de la vida social de los adolescentes transcurre también en internet, el derecho empieza a buscar respuestas para un problema que ya no ocurre solamente dentro del aula.